Elecciones 2016
La candidata socialista al Senado por Alicante reparte folletos antes de que empiece la campaña
Encarna Llinares y varios socialistas de Benidorm se fueron a un mercado a explicar los «Motivos para el Sí»
La exsenadora del PSOE y candidata de nuevo a la Cámara Alta por la provincia de Alicante, Encarna Llinares, reparte folletos con propaganda electoral de su partido fuera del plazo legal de la campaña. Según ha difundido la propia política en sus perfiles en distintas redes sociales, como Twitter y Facebook, este sábado estuvo en una zona comercial de Benidorm explicando a los ciudadanos los «Motivos para el Sí» , lema que emplea Pedro Sánchez para defender su candidatura a la Presidencia del Gobierno.
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Llinares (que fue subdelegada del Gobierno con Zapatero ) y otros socialistas de Benidorm pasaron la mañana del sábado en las calles de la ciudad de los rascacielos, ataviados con grandes bolsas rojas con las siglas del PSOE , donde cargaban los dípticos con los citados «Motivos para el Sí». Según se puede observar en las fotos compartidas por la propia Llinares y sus compañeros, y tal como se desprende de los mensajes publicados por la política, los socialistas estuvieron repartiendo dichos folletos a los vecinos , y explicándoles por qué deberían votar a Sánchez el próximo 26 de junio.
La Ley Orgánica de Régimen Electoral General es muy restrictiva respecto a la actividad de los políticos en el período entre la disolución de las Cortes Generales y el inicio oficial de la campaña electoral, quince días antes de la cita con las urnas. Durante este período, considerado de «prohibición de campaña electoral» en el artículo 53 de dicha ley, «desde la convocatoria de las elecciones hasta el inicio legal de la campaña, queda prohibida la realización de publicidad o propaganda electoral mediante carteles, soportes comerciales o inserciones» publicitarias. Obviamente, tampoco se puede pedir el voto expresamente para un determinado partido, aunque sí pueden realizarse actos políticos «por los partidos, coaliciones y federaciones en el ejercicio de sus funciones constitucionalmente reconocidas».
El reparto de folletos a favor de la candidatura de Pedro Sánchez , aunque no se pida expresamente el voto, está al límite de lo que la Ley Electoral considera que forma parte de las «funciones constitucionalmente reconocidas» de los partidos políticos. El caso de Encarna Llinares, de hecho, es muy similar al de los concejales del PSOE en la localidad alicantina de Benejúzar , procesados por repartir publicidad de su partido un día antes de que comenzase la campaña . Los cinco ediles se sentarán en el banquillo acusados de un delito electoral, por el que el PP, como acusación particular, pide seis meses de prisión.