El TSJC anula parte de la regulación del Govern catalán sobre el alquiler turístico de habitaciones

El tribunal estima el recurso de la Associació Veïns i Amfitrions de Barcelona, que alegó que este tipo de alojamientos ya están regulados por la Ley de arrendamientos urbanos

Pisos en alquiler en Barcelona ABC

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El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha anulado una parte del decreto del Govern sobre turismo en Cataluña que regula entre otros el alquiler turístico de habitaciones en viviendas donde el hospedador vive habitualmente, porque ha detectado defectos de forma en su tramitación.

La sentencia, consultada por Ep, estima el recurso de la Associació Veïns i Amfitrions de Barcelona, que pidió anular esta regulación porque considera que este tipo de alojamientos ya están regulados por la Ley de arrendamientos urbanos. Sin embargo, el argumento del tribunal para tumbar parte de esta regulación solo tiene en cuenta que el decreto sufrió «profundas modificaciones» después del trámite obligatorio de información pública con personas o entidades afectadas por la norma.

La asociación argumentó en la demanda que el decreto del Govern era contrario a la ley «al imponer limitaciones de forma unilateral y sin rango de ley restricciones a los derechos de los propietarios y arrendatario». También alegaron una vulneración de la ley catalana de derecho a la vivienda porque ésta define «las viviendas con actividades económicas como aquellas donde no es posible instaurar el domicilio habitual y permanente de su titular; sin embargo, un reglamento administrativo, está obligando a hacerlo como condición previa a acceder a desarrollar la actividad de hogares compartidos».

Para los demandantes, el decreto, ahora anulado en parte, resultaba «perjudicial puesto que impone limitaciones y restricciones a la actividad de los hogares compartidos«.

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