La Justicia vuelve a fallar en contra de la exclusión del castellano en las aulas

El TSJC obliga a impartir al menos el 25% de clases en español a tres centros tras las demandas de las familias

Manifestación independentista en favor de la inmersión ligüística INÉS BAUCELLS

À. Gubern / E. Armora

El goteo de resoluciones judiciales en favor del bilingüismo en Cataluña no se detiene. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha dictado seis nuevos autos en los que obliga a la Generalitat a cambiar el modelo lingüístico de tres centros educativos de Barcelona y Tarragona como consecuencia de la demanda presentada por seis familias, según dio a conocer la Asamblea por una Escuela Bilingüe (AEB) . La sentencia refuerza y consolida la doctrina que, en base a la sentencia del Tribunal Constitucional de 2010 sobre el Estatuto catalán, reconoce al castellano su condición de lengua vehicular en los centros educativos catalanes.

Los autos, como los ya conocidos en la misma línea fallados hasta ahora, no implican que los centros afectados vayan a impartir sus clases en castellano y catalán en la misma proporción, sino que únicamente fija un mínimo del 25% para la primera lengua . A efectos prácticos, y tomando en consideración un horario semanal estándar de 25 horas lectivas, deberán impartirse en castellano al menos 6,25 horas, es decir, se dará en dicha lengua por lo menos otra asignatura de carácter troncal aparte de la específica de castellano.

Del mismo modo, y recordando el fallo del Tribunal Supremo (TS) de febrero de 2013, se establece que el 25% de castellano se dé al conjunto del aula, y no de forma individualiza, ya que el derecho a la enseñanza en castellano no se satisfacía con la prestación a los hijos «de una atención particularizada ». Debía establecerse, apuntaba el TS, «la entera transformación del sistema, de modo que sus hijos junto con sus condiscípulos utilizaran, en la proporción que la Generalitat estimase conveniente, el castellano como lengua vehicular en la enseñanza». La atención invidualizada , se añade, conduciría a una «situación de discriminación prácticamente idéntica a la separación en grupos clase por razón de la lengua habitual», el sistema de dos líneas precisamente que la Generalitat siempre ha rechazado.

Apoyándose en un fallo posterior del Supremo, los nuevos fallos conocidos ayer certifican que «se trata en definitiva de que, sin perjuicio del mantenimiento del catalán como centro de gravedad del sistema –como a su vez apuntaba el TC– se haga efectiva la presencia vehicular del castellano , en una proporción razonable». En definitiva, que «no haga ilusoria o simplemente constituya un artificio de mera apariencia de la obligada utilización del castellano como lengua vehicular».

Obligados a preservar el anonimato

Como novedad, tal y como destaca la entidad AEB, el TSJCordena a los centros educativos preservar la identidad y la intimidad de las familias para evitar situaciones de acoso como el sufrido por anteriores demandantes. Precisamente, la AEB aprovechó para denunciar la campaña de la plataforma «Som escola» en el entorno de las escuelas afectadas, que ha llenado de «propaganda alarmista llamando a la movilización en contra de las resoluciones judiciales».

Respecto los fallos judiciales, la AEB lamentó de nuevo el «cinismo» de la Generalitat, que «continúa obligando a las familias a acudir a los tribunales para reclamar sus derechos lingüísticos en el ámbito de la educación en vez de adoptar la normativa vigente».

Precisamente, fuentes de la consejería de Educación consultadas por Ep destacaron que el fallo del TSJC afecta a unas pocas escuelas de Cataluña, y consideran una «injerencia» que un tribunal diga cómo hay que enseñar las lenguas en la escuela. El mismo departamento aseguró que hará todo lo posible para que haya « cambios normativos y jurídicos para protegerse » ante sentencias de este tipo.

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