Confinamiento en Burgos: qué se podrá hacer y no a partir de este miércoles con las medidas restrictivas

Las restricciones se extenderán al menos durante los próximos 14 días

Urgencias del Hospital de Burgos ICAL

ABC

Las medidas restrictivas que entrarán en vigor en Burgos a partir de la madrugada de este miércoles y que este martes recoge el Boletín Oficial de Castilla y León ponen el foco sobre la limitación de la movilidad de los ciudadanos y en las reducción del contacto social, además otras intervenciones específicas referidas a aforos máximos, distancias y horarios, con el fin de limitar la transmisión comunitaria del Covid-19 y evitar nuevos contagios.

La Consejería de Sanidad ya ha dado trasladado de las mismas, que se prolongarán durante al menos 14 días, a los responsable de los ayuntamientos afectados y de otros municipios limítrofes, así como a la Delegación del Gobierno, para su conocimiento y con el fin de recabar su cooperación en la vigilancia, inspección y control del cumplimiento de las mismas, incluyendo la colaboración de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

Respecto a las medidas en sí, destacan las que tienen que ver la limitación de movimientos. Los burgaleses tendrán restringidas las salidas de la ciudad salvo aquellos desplazamientos adecuadamente justificados, pero también habrá restricciones a las entradas. Se permite su libre circulación dentro del municipio «siempre respetando las medidas de protección individual y colectiva establecidas por las autoridades sanitarias competentes, si bien se desaconseja a la población los desplazamientos y realización de actividades no imprescindibles».

En cuanto a las restricciones que tienen que ver con el contacto social, los burgaleses no percibirán mucho cambio respecto a las que ya se vienen aplicando en toda Castilla y león desde el pasado sábado, ya que se mantendrán limitadas las reuniones de carácter familiar o social a un máximo de seis personas y se prohíben tanto el consumo en barra en establecimientos de hostelería, de restauración y sociedades gastronómica y como fumar en terrazas al aire libre, decisiones adoptadas para todo el territorio castellano y leonés.

Bares y restaurantes

Asimismo, los establecimientos de hostelería y restauración limitarán el aforo al 50 por ciento, tanto en espacios interiores como exteriores. Las mesas o agrupaciones de mesas deberán guardar una distancia de, al menos, 1,5 metros respecto a las sillas asignadas a las demás mesas o agrupaciones de mesas con el objeto de asegurar el mantenimiento de la debida distancia física de, al menos, 1,5 metros entre las personas sentadas en diferentes mesas o, en su caso, agrupaciones de mesas.

No se admitirán nuevos clientes a partir de las 22 horas y tendrán como hora de cierre la legalmente autorizada, no pudiendo superarse en ningún caso las 23 horas, a excepción de servicios de entrega de comida a domicilio.

También tendrán limitado el aforo al 50 por ciento todos los establecimientos, locales comerciales y servicios abiertos al público no podrán superar el cincuenta por ciento del aforo permitido y tendrán como hora de cierre la legalmente autorizada, no pudiendo superarse en ningún caso las 22 horas.

Residencias de mayores

Por otra parte, los burgaleses tendrán tendrán suspendidas las visitas en los centros residenciales de personas mayores, salvo circunstancias individuales en las que sean de aplicación medidas adicionales de cuidados y humanización o situaciones de final de la vida, que adoptará la dirección del centro. Asimismo no se permiten las salidas de los residentes fuera del recinto de la residencia, salvo para acudir al médico y similares o situaciones de fuerza mayor.

La asistencia a lugares de culto no podrá superar un tercio de su aforo y se deberá garantizar en todo caso la distancia mínima interpersonal de 1,5 metros y el uso de mascarilla. La asistencia a velatorios se limita a un máximo de 15 personas en espacios al aire libre o diez en espacios cerrados, sean o no convivientes.

Deporte

Podrán realizar deporte tanto al aire libre como de interior, siempre que no se supere el 50 por ciento del aforo máximo permitido de la instalación en espacios interiores y el 60 por ciento en espacios exteriores. La práctica deportiva en grupos se limita a un máximo de seis personas.

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