Castilla y León fija el cierre de la hostelería a las 20 horas en respuesta al Supremo

Fernandez Mañueco anuncia esta medida tras la decisión del Alto Tribunal de retrasar el toque de queda a las 22 horas

Mañueco en una rueda de prensa F. HERAS | Vídeo: EP

M. Antolín

Acción-reacción. Tan sólo unas horas tardó la Junta en reaccionar a la decisión del Tribunal Supremo de frenar el adelanto del toque de queda a las ocho de la tarde decretado por el Gobierno de Castilla y León hace un mes. Y es que, una vez conocido el auto que da la razón al recurso interpuesto por el Gobierno nacional y que paraliza de forma cautelar la medida sin entrar en el fondo de la cuestión, el Ejecutivo regional respondió ayer con el cierre a las 20.00 horas de la hostelería -solo de las terrazas porque el interior permanece cerrado- y del comercio no esencial.

Fue el propio presidente de la Junta, Alfonso Fernández Mañueco, que mostró respeto a la decisión judicial, el encargado de anunciar las nuevas acciones y de valorar un auto que se apoya en que el decreto de estado de alarma solo permite a las regiones adelantar el toque de queda hasta las 22.00 horas y en que la libertad de circulación es un derecho fundamental.

Ante el fallo , la respuesta de la Junta con la clausura comercial desde hoy pretende limitar al máximo los contactos y, por tanto, «los contagios», aseguró el dirigente regional. Pese a la negativa del Supremo, Mañueco insistió en que la medida paralizada, que ha estado en vigor durante un mes, ha sido «fundamental» para frenar los casos y para que a día de hoy Castilla y León esté registrando un «descenso vertiginoso» de los positivos, prácticamente «al mismo nivel» que subían a principios de enero, cuando se adoptó la decisión. En lo que también hizo hincapié es en que es un «presidente responsable» de la misma forma que lo es su gobierno y que la medida se implantó apoyada por informes jurídicos, pero también epidemiológicos. Por ello, rechazó que el auto del Alto Tribunal desautorice a su equipo, sino que «no condiciona la labor de los servicios jurídicos ni de la Junta».

Respaldo social

Mañueco no sólo valoró la eficacia del adelanto del toque de queda, si no que también agradeció el «respaldo social» de la ciudadanía a una medida controvertida desde el inicio, que, según dijo, los propios magistrados reconocen como compleja desde el punto de vista jurídico. Y es que, en el apartado que se refiere a las costas, el auto recoge que «no procede hacer imposición» de las mismas «a ninguna de las partes, habida cuenta de las características de la controversia y la dificultad jurídica que implica».«La sensación que tengo es la de haber cumplido con mi deber y con la responsabilidad de proteger, con los medios que había a nuestro alcance, la vida de las personas», manifestó el presidente de la Junta, que aprovechó para solicitar una nueva Conferencia de Presidentes. «La última se celebró el pasado 26 de octubre, ya hemos pasado la segunda ola y casi la tercera y Sánchez -en referencia al presidente del Gobierno- no nos ha reunido», concluyó.

Falta por saber qué pasará con las más de 700 denuncias que se han interpuesto en el último mes por saltarse el toque de queda entre las ocho de la tarde y las diez de la noche, una cuestión también «jurídicamente compleja», y si llegará una cascada de demandas a la Junta por lucro cesante. En este punto, el presidente abogó por esperar a conocer la sentencia definitiva del Supremo y se prevé que tarde aún varios meses. En su argumentación, frente a la alegación del Gobierno autonómico sobre el «interés general» perseguido con su decisión, el Supremo asegura que «el que lo protege y lo garantiza» es la Constitución «al exigir que tan sólo en los términos de la declaración del estado de alarma, y precisamente en esa norma, puedan limitarse determinados derechos fundamentales».

Por este motivo, concluye que «todo el alcance» de la limitación «debe estar expresamente previsto» frente a las tesis de la Junta, que sostenía en su recurso que se puede «agravar» la restricción «más allá». Recuerda al respecto que los límites máximos y mínimos dentro de los que las autoridades delegadas -Fernández Mañueco lo es- pueden adelantar y atrasar las «horas» del toque de queda «están delimitados con toda precisión, debiendo situarse entre las 22,00 y las 00,00 horas el de inicio, y entre las 5,00 horas y las 7,00 horas el de finalización». Un horario «claro y preciso» que hace de que la interpretación que hace Castilla y León, «con su asimilación del verbo modular con el de agravar, está muy lejos de ser evidente».

Por último, frente a la protección a la vida y la salud alegada por la comunidad, señala que justo porque «la situación sanitaria lo exige, se han limitado determinados derechos fundamentales» y considera, en este sentido, que el presidente de la Junta «no ostenta, con la suficiente nitidez, la competencia necesaria». Defiende al respecto el Supremo que no se trata de decidir «qué medidas son necesarias, ni si las adoptadas son insuficientes», por lo que «este debate está desenfocado».

Por otra parte, en su auto señala que las propias alegaciones de la Junta «ponen de manifiesto que se ha optado por la restricción de la libertad de circulación antes que otras medidas disponibles, entre las que menciona el adelanto del horario del cierre de establecimientos de actividades no esenciales». Así, ante la «existencia de alternativas» a la medida impugnada, «nada» impedía que se utilizaran «esas otras». Como resumen, sostiene que la libertad de circulación de los ciudadanos «no puede ser afectada por órganos que carecen de la atribución de competencia constitucionalmente establecida».

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