Absuelto en Salamanca de exhibicionismo y abuso sexual a una menor, hija de su expareja

La Audiencia Provincial no considera probadas las acusaciones tras la práctica del juicio oral

Audiencia Provincial de Salamanca ICAL

M. G.

La Audiencia Provincial de Salamanca ha absuelto a un hombre acusado por exhibicionismo y abusos sexuales sobre la hija de once años de su expareja , una denuncia ante la que los magistrados concluyen una «falta de convicción sobre la culpabilidad del procesado» frente a la petición de doce años de cárcel que había solicitado la Fiscalía.

El imputado, con antecedentes por delitos contra la salud pública y conducción temeraria y sin permiso, mantuvo una relación sentimental con la madre de la presunta víctima entre julio de 2016 y diciembre de 2017 y los tres convivieron bajo el mismo techo en la capital charra hasta el momento de la ruptura, que «fue muy conflictiva con numerosas denuncias cruzadas entre las partes y la familia del procesado», según recoge la sentencia facilitada este jueves por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL).

Fue unos meses después de que cesara la convivencia cuando la madre acudió a la Comisaría de Salamanca a denunciar unos hechos que su hija dijo que se los habría contado en ese momento ante el miedo de que pudieran retomar la relación. En concreto, la menor había descrito varios episodios en los que el ex de su progenitora aprovecha supuestamente la ausencia de ésta para bajarse los calzoncillos, tocarse el pene y preguntar a la menor si quería tocarle; pedirle un abrazo y realizarle tocamientos en los genitales; o, incluso, meterse en su cama por la noche con el mismo ánimo.

El fallo aprecia «continuas contradicciones» en la menor y reiteradas «faltas a la verdad» , así como la ausencia de sintomatología reactiva a los hechos de abuso que «impiden» que su testimonio sea considerado como prueba de cargo, pese a que el equipo psicosocial dio veracidad a su testimonio. «En el presente caso reiteramos que la testifical no reúne los requisitos exigidos por la jurisprudencia» suficientes «para enervar el principio de presunción de inocencia».

La Audiencia alude, así, al principio de 'in dubio pro reo' toda vez que el «examen ponderado del conjunto del acervo probatorio desplegado en las actuaciones supra examinado determina la falta de convicción sobre la culpabilidad del procesado, que obliga al dictado de una sentencia absolutoria».

Comentarios
0
Comparte esta noticia por correo electrónico

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Reporta un error en esta noticia

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Muchas gracias por tu participación