Condenado a dos años de cárcel un osteópata por abuso sexual a una paciente de catorce años

El varón reconoce que le solicitó imágenes de su escote y le besó y realizó tocamientos

Audiencia Provincial de Salamanca ICAL

M. G.

La Audiencia Provincial de Salamanca ha condenado a dos años de cárcel a un osteópata por abuso sexual sobre una paciente de catorce años con la que intercambió imágenes y varios encuentros tras atenderla en su clínica.

El fallo recoge el acuerdo de conformidad alcanzado por las partes y por el que no llegó a celebrarse juicio oral en el que el condenado, sin antecedentes penales, asume los hechos y una pena con la que a priori eludiría la cárcel al no superar los dos años de privación de liberad, frente a la petición que inicialmente solicitó la Fiscalía que se elevaba hasta los cuatro años de prisión.

Los hechos se remontan a diciembre de 2017 cuando el varón tras dar un masaje en su clínica en la capital salmantina a la adolescente le mandó mensajes solicitando fotografías de su escote a cambio de mandarle otra de su torso, ante lo cual ella le remitió una en la que se le veía el sujetador y una segunda en la que prácticamente se apreciaba sólo el cuello. Ese mismo mes la joven volvió a pasar por el centro para recibir tratamiento y él con la intención de satisfacer su ánimo libidinoso, la abrazó y la besó en el cuello, según recoge la sentencia facilitada este martes por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL).

Posteriormente ese mismo día, le mandó mensajes preguntándole si le había gustado el masaje y lo que había pasado después, a lo que ella respondió bromeando que sí. De nuevo, «con la intención de satisfacer su líbido», le escribió para que accediera a un garaje cercano de su propiedad, donde cerró la puerta con llave, «volvió a besarla en el cuello, así como en la boca y le metió la mano por debajo de la camiseta tocándole los pechos y el culo».

La Audiencia Provincial de Salamanca le impone, además, la prohibición de aproximarse a menos de 300 metros o comunicarse con la víctima durante dos años, el mismo periodo que se estima de libertad vigilada posterior a la condena y una indemnización en concepto de daños morales a la joven en la cantidad de 3.000 euros.

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