El TSJ comienza a deliberar sobre el caso Arandina, la pena más alta por violación grupal

Los jugadores insisten en su inocencia y las acusaciones piden mantener la condena

Los tres futbolistas condenados, a su llegada a los juzgados de Burgos, en una imagen de archivo R. O.

M. GAJATE

La Sala de lo Civil-Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y L eón ha comenzado este jueves su deliberación sobre los recursos contra la pena de 38 años de cárcel para los tres exjugadores de Arandina por una violación grupal a una joven que tenía 15 años en noviembre de 2018 a la que les sentenció la Audiencia Provincial de Burgos. El fallo aplicó por primera vez la doctrina del Supremo para este tipo de casos en los que insta a responsabilizar a cada actor de los hechos que cometen en primera persona y los de sus compañeros como cooperadores necesarios, elevando considerablemente las condenas. Las acusaciones pública, particular y popular piden el mantenimiento del fallo, mientras que los futbolistas claman por su inocencia y siguen defendiendo que no hubo relaciones con la adolescente.

Sobre la mesa, los magistrados de la Sala se enfrentan a un caso complejo con dos versiones contrarias. La deliberación podría extenderse más de un día y no se conocerá este jueves su fallo. Por un lado, deberá pronunciarse sobre si se considera probado que los tres mantuvieron relaciones sexuales con la víctima y si los hechos supusieron una agresión sexual bajo la «intimidación ambiental» que implicaba la superioridad numérica y física, ante la cual la adolescente aseguró sentirse bloqueada y anulada. Así lo reconoció la Audiencia de Burgos, que rechazó que lo ocurrido en la casa que compartían los tres futbolistas fuera algo consentido, extremo en el cual podría haber recaído igualmente condena contra ellos por ser ella menor de 16 años.

Ellos lo niegan

Ellos insisten en negarlo . Lo hicieron a las puertas de los juzgados tras salir condenados, amparándose en unos audios de la víctima que advirtieron con filtrar y que pocos días después saldrían a la luz. Se trataba de mensajes en los que se oía a ella, menor de edad y víctima por sentencia, como le contaba a compañeras de colegio que lo ocurrido había sido voluntario. La Audiencia en su sentencia enmarcó estos mensajes en un escenario en el que la joven contó la agresión a su círculo cercano pero «teniendo un sentimiento de culpabilidad no deseaba que aquellos conocidos con los que tenía menos confianza supieran la verdad de lo ocurrido» y «optó por decirles que había realizado los actos de forma voluntaria incluso alardeando».

Fueron condenados a 38 años de cárcel como autores de una agresión y cooperadores de las de sus compañeros

Por otro lado, deberá pronunciarse el TSJ sobre el mantenimiento o no de la doctrina del Tribunal Supremo que ha multiplicado por tres la condena y dejado como resultado la pena más alta impuesta en los recientes casos de violaciones grupales. En concreto, consiste en hacer responsables a todos de todo lo que allí ocurriera ya fuera como actores o como observadores que avalaron otros actos.

Esta doctrina se remonta al recurso de La Manada ante el Supremo, en el que el Tribunal dictó que los cinco sevillanos no debería de haber sido condenados sólo por un delito de agresión sexual cada uno sino por las diez agresiones que sufrió su víctima. La sentencia no pudo pronunciarse en este sentido al no haber sido acusados en esa línea por las partes, pero su postulado sentó jurisprudencia.

El caso de la Arandina fue el primero en el que se solicitó la aplicación de este principio y los tres fueron condenados por un delito de agresión sexual como autores y por otros dos como cooperadores necesarios al amparar esa superioridad grupal que el falló entendió que implicaba una «intimidación ambiental» sobre la víctima.

Sea cual sea el sentido de la sentencia, lo más probable es que una u otra parte recurra a una instancia superior, de manera que podría ser precisamente el Supremo el que finalmente tenga que pronunciarse sobre el asunto y sobre la aplicación de esa doctrina a la que abrió la puerta con el caso de La Manada y que generó en su día polémica por lo elevado de la condena de la Arandina frente a otros supuestos anteriores.

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