Tres de cada cuatro presupuestos locales se aprueban fuera de plazo en Canarias

Solo 21 ayuntamientos abrieron 2013 con plena autonomía presupuestaria

Una reunión de la Fecam y la Fecai con Clavijo, en noviembre ABC

M. Á. Montero

Aprobar los presupuestos municipales fuera de plazo es la tónica general en la mayoría de los Ayuntamientos de Canarias. Tan es así, que hasta tres de cada cuatro Consistorios de la comunidad autónoma sacan adelante sus cuentas a lo largo del ejercicio al que estas deben servir de guía, cuando lo ideal, tal como establece el artículo 169 del texto refundido de la ley reguladora de las haciendas locales, es hacerlo antes del 31 de diciembre del año anterior.

Así ocurrió en 2013, último ejercicio del que se dispone de datos oficiales tanto de la aprobación definitiva de los presupuestos como de su liquidación, datos que dejan incluso en peor lugar a los Cabildos, ya que ni uno solo llevó en plazo sus cuentas a feliz término.

El artículo 169 del susodicho texto refundido reza: «La aprobación definitiva del presupuesto general por el pleno de la corporación habrá de realizarse antes del día 31 de diciembre del año anterior al del ejercicio en que deba aplicarse». En Canarias, sin embargo, lo que debiera ser la excepción es en realidad la regla .

No en vano, apenas 21 Ayuntamientos de los 88 que hay en la región cumplen, o cuando menos cumplieron en 2013, ese precepto; en otras palabras: hasta 67 corporaciones municipales fueron incapaces de aprobar sus cuentas en el período establecido. Esos 67 Consistorios representan poco más de un 75% de las entidades locales de las Islas, de ese total de 88, de modo que son tres de cada cuatro las que inauguran el año sin previsión de ingresos y gastos debidamente actualizada.

En cuanto a los Cabildos, llama la atención que ni uno solo de los siete fuera en 2013 capaz de sacar adelante sus presupuestos en el plazo previsto, algo en lo que también incurrieron otros entes de los ámbitos local e insular, en concreto, ocho consorcios y cinco mancomunidades. La consecuencia primera de no aprobar las cuentas antes del 31 de diciembre es que las del ejercicio inmediatamente precedente quedan «automáticamente» prorrogadas, como también ordena la ley reguladora de las haciendas locales.

Ello implica que el margen de maniobra sea muy pequeño , toda vez que en tales circunstancias no existe la posibilidad, por ejemplo, de incrementar o modificar las inversiones. Y es precisamente en los gastos donde el problema es mayor, pues el gasto en aquella carretera que se terminó no puede, de facto, prorrogarse, pero tampoco puede construirse esa otra vía en proyecto, puesto que no hay partida para ello, ejemplifican los expertos consultados por este diario.

Liquidación

Y si el plazo para la aprobación de los presupuestos es hasta antes del 31 de diciembre del año anterior a aquel al que correspondan, el de la liquidación es el 31 de diciembre del año correspondiente. En este caso fueron 19 los Ayuntamientos que incumplieron, amén de dos Cabildos insulares, cinco consorcios y tres mancomunidades, siempre según datos oficiales en los que ha podido consultar ABC.

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