Política
Las Cortes de Aragón se comprometen a suprimir los privilegios judiciales de sus diputados
A iniciativa de Cs, aprueban impulsar una reforma «exprés» del Estatuto de Autonomía para eliminar los aforamientos
![Los diputados aragoneses se han comprometido a impulsar la reforma en el plazo máximo de tres meses](https://s2.abcstatics.com/media/espana/2018/05/18/aragon_cortes-kKNB--1240x698@abc-U10108044856ZwB--1240x698@abc.jpg)
Las Cortes de Aragó n, a iniciativa de Ciudadanos, ha aprobado una proposición no de ley en la que todos los diputados autonómicos se han comprometido a suprimir los privilegios judiciales de los que disfrutan . Es, en concreto, la figura del aforamiento , que beneficia tanto a los diputados regionales como al presidente y a los consejeros del Gobierno de Aragón.
Cs considera que es un privilegio legal que no debe persistir por más tiempo, para que los diputados de las Cortes de Aragón y los miembros del Ejecutivo autonómico sean, a efectos procesales, iguales que cualquier otro ciudadano.
Con la inciativa que acaban de aprobar por unanimidad en la Cámara regional, todos los grupos políticos aragonéses (PSOE, PP, Cs, PAR, Chunta, Podemos e IU) se comprometen a p romover, en el plazo máximo de tres meses, una reforma del Estatuto de Autonomía para acabar con ese privilegio de aforamiento .
Lo que ahora dice el Estuto de Autonomía
El Estatuto de Autonomía regula en dos artículos ese derecho especial de los diputados y de los miembros del Gobierno regional. Así, en el artículo 38.2 dispone: «Durante su mandato no podrán ser detenidos ni retenidos por los actos delictivos cometidos en el territorio aragonés, sino en caso de flagrante delito, correspondiendo decidir, en todo caso, sobre su inculpación, prisión, procesamiento y juicio al Tribunal Superior de Justicia de Aragón. Fuera de dicho territorio, su responsabilidad penal será exigible, en los mismos términos, ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo».
Por su parte, el artículo 55 del Estatuto de Autononmía dispone que «el Presidente y los demás miembros del Gobierno de Aragón, durante su mandato y por los actos delictivos cometidos en el territorio de Aragón, no podrán ser detenidos ni retenidos, sino en supuesto de flagrante delito, correspondiendo decidir, en todo caso, sobre su inculpación, prisión, procesamiento y juicio al Tribunal Superior de Justicia de Aragón». Asimismo, establece que si fueran objeto de un proceso penal fuera de Aragón, el único órgano que podría tramitar la causa es la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo.
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