Política

Aragón implanta el «mobbing legal» contra diputados que sean procesados penalmente

Aunque no quieran dejar el cargo, se les podrá retirar el sueldo y aislarlos en el día a día de las Cortes de Aragón

Vista del hemiciclo del Parlamento aragonés desde su tribuna de invitados Fabián Simón

Roberto Pérez

Las Cortes de Aragón podrán aislar a los diputados que sean procesados por causas penales , hacerles el vacío en la dinámica parlamentaria y retirarles el sueldo y las dietas. Es la especie de «mobbing» legal que entrará en vigor en cuestión de meses en esta Cámara autonomica. Aparece entre las novedades que incorpora el nuevo reglamento interno de las Cortes de Aragón que acaba de ser pactado entre todos los partidos políticos con representación en este legislativo regional: PSOE, PP, Podemos, PAR, Ciudadanos, Chunta e IU.

El Parlamento aragonés se había propuesto instroducir medidas efectivas para poder retirar de la actividad parlamentaria a aquellos diputados que se vean encausados en procesos penales. El problema legal que se plantea es que el acta de diputado es personal . Es decir, solo se puede renunciar a ella por decisión de quien la ostenta o por sentencia judicial de inhabilitación.

Conscientes de esa limitación legal, los partidos de las Cortes de Aragón han optado por una vía alternativa para, al menos, apartar y aislar de la actividad parlamentaria a quien esté encausado judicialmente por delitos : aunque él se niegue a dejar el escaño, el resto de la Cámara -por mayoría cualificada de dos tercios- le podrá suspender el ejercicio de su cargo en la práctica.

Así, el nuevo reglamento que ahora empezará a tramitarse con el objetivo de que entre en vigor el próximo septiembre , establece que se podrá decidir la suspensión a un diputado en sus prerrogativas, derechos y deberes como parlamentario, cuando «sea encausado judicialmente y el Pleno de las Cortes de Aragón, atendida la naturaleza de los hechos imputados, así lo acuerde por mayoría de dos tercios de los miembros de la Cámara».

El término «encausado» supone que esta medida solo podrá aplicarse cuando haya finalizado la instrucción de un caso judicial y en el sumario aparezca el diputado como acusado. Es decir, no bastará con que figure como imputado o investigado, pero tampoco será necesario esperar a que se celebre el juicio contra él .

Además, lo mismo podrá acordarse en caso de «sentencia firme condenatoria por delito, si el Pleno de las Cortes así lo acordara por mayoría de dos tercios de los miembros de la Cámara, atendiendo a la gravedad de los hechos imputados y a la naturaleza de las penas».

Hasta aquí los casos de «suspensión». Pero el nuevo reglamento de las Cortes de Aragón da un paso más y también abre la posibilidad a retirar el acta de diputado a un parlamentario. Para esto deberá haber sido condenado penalmente en sentencia firme y el Pleno de la Cámara entienda que el delito por el que ha sido condenado y la pena impuesta son especialmente graves.

Aunque esta regulación ha sido incorporada pensando en procesamiento penal o condenas por causas de corrupción, el reglamento abre la posibilidad de suspender a un diputado en sus funciones y derechos, e incluso a retirarle su escaño, en cualquier tipo de delito. La clave está en la gravedad del delito por el que haya sido encausado o condenado. La apreciación de la gravedad queda en manos de la mayoría cualificada de dos tercios de la Cámara . Es decir, deberá contar con el respaldo de al menos 45 de los 67 diputados que componen actualmente las Cortes de Aragón.

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