La acusación del caso Gali pide la imputación del jefe de la Base Aérea de Zaragoza y de un capitán

Considera que nuevas revelaciones apuntan a que prevaricaron al no comunicar a las fuerzas de seguridad la llegada del líder del Polisario, eludir los controles de fronteras y permitir así su entrada furtiva en España, que fue planeada por el Gobierno

La ministra de Defensa, Margarita Robles, durante la visita que hizo esta misma semana a la Base Aérea de Zaragoza, cuyo jefe interino ha pedido la acusación del caso Gali que sea imputado FABIÁN SIMÓN
Roberto Pérez

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La acusación popular en el caso Gali ha solicitado la imputación del coronel y del capitán del Ejército del Aire que recibieron al líder del Frente Polisario en la Base de Zaragoza el 18 de abril de 2021, y que fueron decisivos para ejecutar la acogida clandestina en España del líder del Frente Polisario. El coronel es actualmente el jefe interino de la Base de Zaragoza, cuyas instalaciones visitó esta misma semana por la ministra de Defensa, Margarita Robles .

El escrito de solicitud de imputación, al que ha tenido acceso ABC, destaca que las ilegalidades cometidas por esos oficiales fueron «burdas y groseras». Los apuntados son el coronel Ignacio Asensi Catalán y el capitán José Fernández Prados.

El Gobierno de Pedro Sánchez había pactado con el régimen argelino la entrada clandestina de Gali en España para ser tratado de Covid en el hospital de Logroño. La operación fue coordinada desde la cúpula del Ministerio de Asuntos Exteriores, con la participación del Estado Mayor del Aire .

El resultado fue que el líder saharaui, enemigo declarado de Marruecos , entró en España furtivamente con el amparo del Gobierno, lo que, a su vez, impidió que la Justicia supiera de la presencia de Gali en nuestro país. Al no pasar los controles policiales de fronteras, no quedó registrada su llegada a España, donde la Audiencia Nacional llevaba tiempo buscándole por presuntos delitos de terrorismo, torturas y genocidio, entre otros. La última orden de localización fue dictada por la Audiencia Nacional solo cinco días antes de que el Ejecutivo de Pedro Sánchez ocultara la llegada del líder saharaui . Sobre él pesaban también requerimientos de localización dictados judicialmente en 2013, en 2017 y en los primeros meses de 2021.

La exministra Laya y su jefe de gabinete

La ejecución de esa operación pactada por el Gobierno de Sánhez con el régimen argelino –que presta apoyo y acogida a Gali– fue coordinada por el entonces jefe de gabinete del Ministerio de Asuntos Exteriores, Camilo Villarino . Para encubrir la entrada de Gali decidieron que el avión en el que iba a viajar no aterrizara en un aeropuerto civil sino militar. Eligieron la Base de Zaragoza. Villarino, siguiendo indicaciones de la entonces ministra Arancha González Laya , cursó instrucciones al Estado Mayor del Aire, que a su vez las hizo llegar a la Base de Zaragoza. Laya sigue imputada en las diligencias que dirige el juez Lasala, aunque ha desimputado a Villarino, si bien la acusación popular ha presentado un recurso en contra de esa desimputación, que ahora debe resolver la Audiencia de Zaragoza.

El éxito de aquella operación clandestina quedó, en último término, en manos de los oficiales de mayor rango que en ese momento estaban a pie de pista en esta base militar. La investigación judicial ha permitido identificarlos: el capitán José Fernández Prados , que acutó como oficial de servicio en la Base cuando llegó el avión con Gali; y el coronel Ignacio Asensi Catalán , que en aquel momento era el segundo jefe de la Base y que se personó vestido de paisano para dirigir la entrada del saharaui. Gali fue recogido allí mismo por una ambulancia que las autoridades sanitarias de La Rioja enviaron a Zaragoza para recoger al líder del Polisario.

Se saltaron los controles de fronteras

La identidad de estos dos oficiales se ha conocido recientemente, fruto de unas pesquisas impulsadas por la acusación popular del caso Gali. A la par, se ha destapado también el protocolo de la Base Aérea de Zaragoza, en el que se detalla que, sin excepción, todos los viajeros y tripulantes no pertenecientes a la UE y no Schengen deben pasar los controles de fronteras . Para ello, ese mismo protocolo establece que la llegada de esos viajeros debe ser notificada a los puestos de fronteras que tiene la Policía Nacional y la Guardia Civil en el aeropuerto civil, situado al lado del militar. Pero no lo notificaron, así que ni Gali ni el hijo y el médico que lo acompañaban pasaron los controles de fronteras. Además, Gali iba provisto de un pasaporte falso de un supuesto diplomático argelino llamado Mohamed Benbatouche .

El abogado Antonio Urdiales, que ejerce la acusación popular en el caso Gali, considera que la actuación del coronel Asensi y del capitán Fernández Prados fue constitutiva del delito de prevaricación, por el que deben ser imputados. Así consta en el escrito que Urdiales ha elevado en las últimas horas al juez Lasala.

Faltas definitorias de prevaricación

Este letrado de la acusación popular indica que, de los hechos ya confirmados, se evidencia que ambos oficiales incurrieron en todas las faltas que conforman el tipo penal de la prevaricación, según la doctrina alegada en estas diligencias por el propio fiscal del caso Gali: tomaron una decisión para la que eran «absoluta y totalmente incompetentes» –autorizar el cruce de fronteras de unos individuos sin cumplir el Reglamento de Schengen, la Ley de Extranjería y el protocolo de la Base Aérea–; al tomar esa decisión dictaron, implícitamente, «una resolución contraria a derecho y por tanto ilegal»; y «la violación de las normas consagradas en las leyes supranacionales, nacionales y de protocolo» fueron «burdas y groseras» , por graves y notorias.

Por todo ello, Urdiales pide al juez Lasala que llame a declarar, en calidad de imputados, al coronel Ignacio Asensi y al capitán Fernández Prados. En este mismo escrito que ha dirigido al juez instructor del caso Gali, el abogado de la acusación popular advierte que estos dos oficiales no pueden escudarse en que obedecían órdenes, porque «la teoría de la obediencia debida» no está amparada en el Código Penal ni en la legislación militar para justificar «el cumplimiento de órdenes cuya antijuricidad sea clara y manifiesta».

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