Tribunales

Absuelto un hombre que fue condenado a seis años de cárcel por una violación no probada

Lo condenó la misma sección de la Audiencia de Zaragoza que dictó la polémica sentencia del «crimen de los tirantes», que ha tenido que ser anulada

La sentencia condenatoria fue dictada por la sección tercera de la Audiencia Provincial de Zaragoza F. S.
Roberto Pérez

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El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Aragón ha absuelto a un hombre que fue condenado meses atrás por una supuesta violación que no está probado que ocurriera . De hecho, el TSJ censura que el tribunal dictara la condena tomando como única prueba de cargo una inconsistente declaración de la víctima que se contradice con otras evidencias aportadas durante el juicio por la defensa del acusado. La condena fue dictada en enero por la sección tercera de la Audiencia Provincial de Zaragoza , la misma en la que se produjo la polémica sentencia del «crimen de los tirantes» , que también fue anulada recientemente por el TSJ de Aragón -se tendrá que repetir el juicio-.

Curiosamente, la sección tercera de la Audiencia de Zaragoza impuso mayor condena al acusado de la supuesta violación que al antisistema Rodrigo Lanza , que mató a golpes y por la espalda a un hombre con el que se había cruzado en un bar y que solía vestir tirantes con los colores de la bandera de España.

Al ahora absuelto de violación, los magistrados de la Audiencia lo condenaron a seis años de prisión, mientras que al antisistema le impusieron cinco años por considerar que el crimen que había cometido no era asesinato sino homicidio por imprudencia.

El condenado por violación insistió en proclamar su inocencia, tras haber sido acusado por una mujer con la que quedó y con la que, de mutuo acuerdo, se fueron a un hotel de Cadrete en el que contrataron una habitación con jacuzzi y mantuvieron relaciones sexuales plenas. La mujer, dos días después, lo denunció por violación. Afirmó que las relaciones no habían sido consentidas. Él sostuvo lo contrario, pero acabó condenado por la sección tercera de la Audiencia de Zaragoza, que preside el magistrado del «crimen de los tirantes», José Ruiz Ramo.

Acusada de denunciar por celos

Además de imponerle seis años de cárcel, condenaron también a Antonio P. M. a indemnizar con 6.000 euros a la mujer que lo había denunciado.

Ahora, el TSJ de Aragón tumba totalmente esa sentencia condenatoria y declara la libre absolución del acusado. Atiende así el recurso presentado por su abogado, que insistió en que su cliente había sido condenado sin pruebas, que se había vulnerado el principio esencial de la presunción de inocencia y que la denunciante actuó movida por los celos , porque el acusado la abandonó tras aquella relación sexual en un hotel -circunstancia que el Tribunal Superior también considera probada por las evidencias que la defensa aportó al proceso-.

Ni prueba suficiente ni valoración razonable

El TSJ de Aragón da la razón al recurrente y censura que la sección tercera de la Audiencia de Zaragoza diera credibilidad plena al testimonio de la denunciante, pese a que no reunía los mínimos requisitos exigidos para resultar concluyente y a que ese testimonio era la única prueba de cargo contra el acusado.

Esta sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Aragón la firman su presidente, Manuel Bellido, y los magistrados Carmen Samanes Ara y Javier Seoane Prado, que actuado como ponente en este caso. La sentencia es rotunda al indicar que «la conclusión alcanzada» por la sección tercera de la Audiencia de Zaragoza «no se corresponde ni con los estándares establecidos para que la sola declaración de la víctima pueda ser considerada como prueba de cargo suficiente sobre la que sustentar un pronunciamiento de condena, ni con una valoración razonable de la prueba practicada, aun cuando se entendiera que aquella declaración pudiera ser tenida como prueba de cargo válida para ser valorada conjuntamente con las demás pruebas producidas en el juicio».

En su sentencia, el TSJ de Aragón considera que hay varias evidencias que hacen imposible aceptar la versión de la violación descrita por la víctima. Entre esas evidencias, la sentencia del TSJ cita unos mensajes telefónicos de voz en los que se escucha «que acusado y acusadora manifestaban hallarse en el jacuzzi pasándolo muy bien», en el hotel en el que supuestamente se produjo la violación que ella alegó días después.

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