El Tribunal Supremo interpreta que no fue rebelión porque el riesgo de secesión nunca fue «real»

El plan de los líderes del «procés» fue una «mera ensoñación», inviable frente a la fortaleza del Estado de Derecho

Los magistrados rechazan la petición de la Fiscalía de blindar al menos el cumplimiento de la mitad de la condena

Última hora de la manifestación en Barcelona y la huelga de Cataluña en directo

Los doce condenados, en el banquillo de los acusados al inicio del juicio del «procés»/ Ábalos ve inoportuno reformar el Código Penal como reacción a la sentencia Pool

Dos años después del otoño de 2017, el veredicto de la Justicia ha desmontado de lleno el «procés». El Tribunal Supremo ha concluido que los líderes del plan secesionista ilegal engañaron a sus votantes, prometiéndoles una «quimera» que nunca tendrán capacidad de construir fuera de los cauces de la democracia. El Estado, con sus poderes y recursos, siempre estará enfrente, con la legitimidad de su parte según las normas que todos nos hemos dado para convivir.

Con esa dosis de realismo, y casi más empeño en desmontar la rebelión que en fundamentar la sedición , el Alto Tribunal ha impuesto penas que llegan hasta los 13 años de cárcel a los líderes indepedentistas, entre ellos al exvicepresidente catalán Oriol Junqueras , por los delitos de sedición y malversación de caudales públicos. El Supremo aprecia graves delitos en la actuación de las antiguas autoridades de Cataluña, a las que acusa de atacar las bases del orden constitucional, alentando levantamientos tumultuarios para intentar impedir la acción legal y judicial, y alcanzar la secesión.

No ve, eso sí, la violencia necesaria para que exista un delito de rebelión; es decir, una violencia suficiente para imponer la independencia, y no una violencia «para crear un clima o un escenario» que fuerce al Estado a sentarse a negociar.

El recorrido de esas penas queda, sin embargo, a merced de la Generalitat, que podrá utilizar los mecanismos penitenciarios para flexibilizar su cumplimiento . La Fiscalía pidió que los jueces blindasen esa puerta, impidiendo el acceso al tercer grado –una situación de semilibertad, en la que solo se va a dormir a prisión– hasta la mitad de la condena. Los magistrados, que tenían facultad para acordarlo, lo rechazan y recuerdan que los líderes del «procés» también han sido inhabilitación para el ejercicio de cargo público, lo que impedirá que puedan reincidir.

La publicación del fallo precipitó reacciones políticas y judiciales desde todos los prismas. Es el paisaje que asoma después de la sentencia, en un país que encara otra campaña electoral. El juez que investigó los hechos, el magistrado Pablo Llarena, reactivó de inmediato la orden europea de detención y entrega contra Carles Puigdemont , fugado de España desde 2017.

Los partidos políticos constitucionalistas y las asociaciones de jueces y fiscales cerraron filas y pidieron respeto a la decisión judicial. La fiscal general del Estado, María José Segarra , compareció para destacar que la sentencia da por probada la violencia. La responsable del Ministerio Público intentó minimizar el varapalo del tribunal a su acusación por rebelión y destacó que la Sala avale que el objetivo del «procés» coincide con la finalidad de una rebelión, el delito por el que acusó hasta el final la Fiscalía. También manifestó que la acusación pública vigilará que se cumplan las penas y estará al quite con los recursos.

«Un artificio engañoso»

Al mismo tiempo, grupos radicales del secesionismo salieron a la calle a protestar en Cataluña, centrando sus esfuerzos en bloquear el aeropuerto del Prat . Se cancelaron más de cien vuelos, cortaron carreteras de la región y la policía tuvo que cargar.

Al fundamentar su decisión, los siete magistrados que enjuiciaron los hechos aprecian que hubo episodios de violencia, pero descartan que fuera una violencia «instrumental, funcional, preordenada de forma directa, sin pasos intermedios» , para cumplir los fines de una rebelión. Esa carencia evitaría la condena por rebelión, que consiste desarrollar un «alzamiento violento y público» para declarar la independencia de una parte de España.

El tribunal, presidido por Manuel Marchena, argumenta que para apreciar ese delito el riesgo de imponer la secesión debía ser «real», y no «una mera ensoñación o un artificio engañoso para movilizar a unos ciudadanos que creyeron estar asistiendo al acto histórico de fundación de la república catalana» .

«Es claro que los alzados no disponían de los mas elementales medios para, si eso fuera lo que pretendian, doblegar al Estado pertrechado con instrumentos juridicos y materiales suficientes para, sin especiales esfuerzos, convertir en inocuas las asonadas que se describen en el hecho probado. Y lo sabían», explican los jueces.

La realidad era otra, dicen los jueces: el objetivo siempre fue «presionar» al Estado y forzar una negociación, puesto que los propios acusados sabían que nunca será legal una secesión alcanzada por los hechos, fuera de los cauces de la ley.

«Eran conscientes, en fin, de que la ruptura con el Estado exige algo más que la obstinada repetición de consignas dirigidas a una parte de la ciudadanía que confía ingenuamente en el liderazgo de sus representantes políticos y en su capacidad para conducirles a un nuevo Estado que sólo existe en el imaginario de sus promotores», alegan los jueces. Para demostrar la fortaleza del Estado , el Supremo recuerda que «bastó una decisión del Tribunal Constitucional para despojar de inmediata ejecutividad a los instrumentos jurídicos que pretendían hacer efectivos los acusados», en alusión a las leyes de la ruptura aprobadas en el Parlament el 6 y el 7 de septiembre.

«Y la conjura fue definitivamente abortada con la mera exhibición de unas páginas del Boletín Oficial del Estado que publicaban la aplicación del artículo 155 de la Constitución a la comunidad autónoma de Cataluña». Ni una palabra del discurso del Rey ante el atropello independentista.

«Ilusionados ciudadanos»

Los siete magistrados –Antonio del Moral, Andrés Martínez-Arrieta, Andrés Palomo, Ana Ferrer, Juan Manuel Berdugo y Luciano Varela, además de Marchena – insisten en esa idea a lo largo de toda la sentencia, de 493 páginas . Desbaratan así las promesas del independentismo y dejan en papel mojado todos los pasos de la hoja de ruta.

Con esa argumentación, el Supremo califica el referéndum ilegal del 1-O como «un señuelo para una movilización que nunca desembocaría en la creación de un Estado soberano».

«Los ilusionados ciudadanos que creían que un resultado positivo del llamado referéndum de autodeterminación conduciría al ansiado horizonte de una república soberana, desconocían que el derecho a decidir se había convertido en un atípico derecho a presionar». Los condenados, que ejercían poderes públicos, engañaron a los votantes en su plan ilegal, que incluyó una arquitectura normativa ficticia, el referéndum ilegal y la declaración unilateral de independencia. Ni el referéndum ilegal ni el asedio a la consejería de Economía del 20 de septiembre fueron protestas pacíficas ni legítimas.

Los jueces rebaten el relato del secesionismo en una sentencia que es firme y no puede ser recurrida. La votación ilegal del 1-O no fue una fiesta de la democracia, sino un «levantamiento tumultuario» para tratar de dejar en papel mojado las decisiones del TC. Con el 20-S –la jornada en la que la letrada del juzgado número 13 de Barcelona tuvo que salir por la azotea–, se buscaba «demostrar a toda la sociedad» que los jueces ya no podían hacer cumplir sus resoluciones en Cataluña .

Al indagar en el problema que late de fondo, los jueces explican que la construcción de una supuesta república a través de la desobediencia rompe la soberanía nacional, el fundamento sociológico de España y el de cualquier «Estado civilizado». Por eso, el supuesto derecho a decidir solo podría construirse con «un permanente desafío político que, valiéndose de vías de hecho, ataca una y otra vez la esencia del pacto constitucional y de la convivencia democrática». La sentencia deja claro dónde acaban los derechos y empiezan los delitos.

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