El Supremo sí ve ensañamiento en un hombre que asestó 30 puñaladas a su expareja

Rectifica al TSJ de Andalucía y eleva su condena de 17 a 23 años; la víctima le imploró que parase y él alargó su sufrimiento «conscientemente»

Un tribunal del jurado ya había apreciado inicialmente que el tribunal trató de prolongar su sufrimiento R.L.P.
Nati Villanueva

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El Tribunal Supremo ha apreciado la agravante de ensañamiento en un hombre que asestó 30 cuchilladas a su expareja y que durante la agresión no atendió a los ruegos de la víctima para que se detuviera . Los magistrados consideran qu e hubo un propósito de prolongar el sufrimiento de la mujer, por lo que aumenta de 17 a 23 años la pena de prisión al acusado. El asesinato se produjo en el domicilio de la víctima en Torremolinos (Málaga) el 5 de marzo de 2014, unos meses después de que la mujer cortase la relación sentimental de 7 años que había mantenido con el agresor.

El tribunal del jurado ya apreció inicialmente el delito de asesinato con las agravantes de ensañamiento y parentesco. Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, ante quien Carlos R.S. apeló, redujo la pena a 17 años de cárcel por considerar que no concurrió ensañamiento y que había que aplicar la atenuante de confesión de los hechos.

Para el TSJ era imposible de inferir que el número de los propinados persiguiera prolongar el sufrimiento de la víctima más de lo necesario y barajó como hipótesis probable que persiguiera la inmediatez de la muerte, lo que consideró incompatible con el ensañamiento.

El Tribunal Supremo cree que lo que es incompatible es aumentar de manera «consciente y voluntaria el sufrimiento de la víctima», como se considera en los hechos probados, y a la vez no apreciar ensañamiento. El hecho de que la víctima le rogara que cesara la agresión sin que él accediera a sus ruegos «revela persistencia en el propósito de prolongar el sufrimiento» y es una clara expresión del sentimiento de odio que impulsó su acción», señala la Sala.

«Una muerte rápida por agresión no es incompatible con el sufrimiento por la víctima de dolores innecesarios , si durante ese breve lapso de tiempo, el agresor no cesa de inferirle heridas obviamente dolorosas como ocurrió en el caso objeto de enjuiciamiento», señala la Sala.

El Supremo sí ve ensañamiento en un hombre que asestó 30 puñaladas a su expareja

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