Independencia Cataluña
El Constitucional y el Supremo rechazan poner freno a la aplicación del artículo 155
Ambos tribunales echan por tierra en apenas unas horas las peticiones de la Generalitat
![Fachada del Tribunal Supremo, en Madrid](https://s1.abcstatics.com/media/espana/2017/10/26/supremo1-kI8--1240x698@abc.jpg)
El Tribunal Constitucional y el Tribunal Supremo han lapidado en apenas unas horas las peticiones de la Generalitat para frenar la aplicación del artículo 155. Por un lado, el Supremo ha denegado la petición de suspender el acuerdo del Consejo de Ministros del pasado 21 de octubre, al considerar que se trata del «acto de iniciación» de un procedimiento constitucional (el del artículo 155) que de momento solo se ha iniciado y no produce los efectos jurídicos que sostiene la parte recurrente. [En directo, últimas noticias sobre el pleno del Parlament de Cataluña, el artículo 155 y la independencia de Cataluña]
La medida solicitada era la llamada «suspensión cautelarísima», en la que, alegando especial urgencia, no se da audiencia a las otras partes, y que el tribunal debe resolver en el plazo de 48 horas desde la presentación del recurso.
En sus autos, la Sala argumenta que «en este momento cautelar, y sin prejuzgar lo que pueda acordarse con posterioridad, entendemos patente que la Sala carece de jurisdicción para obstaculizar o impedir el ejercicio por el Senado de sus funciones constitucionales , por lo que no procede acceder a la medida solicitada».
Los magistrados concluyen que no concurren las exigencias para otorgar esta medida cautelarísima al no apreciarse las circunstancias de especial urgencia que requiere la Ley para adoptar este tipo de medidas, «dada la naturaleza constitucional del procedimiento y su carencia de efectos en este momento».
A primera hora de este jueves, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo registraba dos recursos presentados por la Generalitat y por los miembros de este gobierno de forma particular en los que pedían la anulación del acuerdo del Consejo de Ministros que el sábado puso en marcha el 155.
Las medidas
Entre las medidas solicitadas al Senado por parte del Gobierno en el marco del 155 estaban cesar al presidente de la Generalitat y resto del Ejecutivo catalán ; la capacidad de disolver el Parlamento autonómico para convocar elecciones en un plazo máximo de 6 meses; permitir que Interior pueda dictar instrucciones directas a los Mossos, que en caso de que sea necesario serán sustituidos por la Policía y la Guardia Civil.
Además, podrá ejercer «las competencias necesarias» en materia económica, financiera, tributaria y presupuestaria para «garantizar la prestación de los servicios públicos esenciales», al tiempo que velará por la transmisión de una información «veraz, objetiva, equilibrada y respetuosa» con el pluralismo político en los medios públicos catalanes, entre ellos TV3.
El TC inadmite el recurso de los independentistas
Por otro lado, el Tribunal Constitucional ha inadmitido el recurso de amparo presentado por los senadores de ERC y del PDeCAT contra la tramitación en el Senado de las medidas previstas por el Gobierno contra la Generalitat en aplicación del artículo 155 de la Constitución.
El recurso, remitido ayer por la tarde al Tribunal por vía telemática, se dirige, en concreto, contra los acuerdos de la Mesa de la Cámara Alta de fecha 21 y 24 de octubre de 2017. Con el primero de ellos, la Mesa admitió a trámite el requerimiento del Ejecutivo; con el segundo de los acuerdos, desestimó la solicitud de reconsideración formulada por los Grupos parlamentarios de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, PDeCat-CDC y AHI/CC-PNC.
Los recurrentes solicitaban la nulidad de dichos acuerdos porque, en su opinión, vulneran el derecho de los senadores a ejercer los cargos en condiciones de igualdad , sin perturbaciones ilegítimas, con los requisitos señalados en las leyes, tal y como establece el art. 23.2 CE. Asimismo, pedían al Tribunal la inmediata suspensión cautelar la tramitación del requerimiento del Gobierno
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