¿Por qué segundo grado y no tercero? La estrategia para esquivar al Supremo, autor de la condena

La clasificación de grado de los presos del «procés» esconde una estrategia y el caso de Oriol Pujol sería el precedente

Imagen del juicio del procés celebrado este año EFE

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¿Por qué se ha propuesto segundo grado y no tercero?

La propuesta ahora y aprobación por parte de los Servicios Penitenciarios catalanes del tercer grado (ir a la cárcel solo a dormir) hubiera sido recurrida por Fiscalía, como ya ocurrió con Oriol Pujol. La decisión habría correspondido al mismo tribunal que dictó las condenas , el Supremo, lo que tratan de evitar a toda costa.

¿Qué estrategia hay detrás?

El segundo grado, con toda probabilidad, no será recurrido por la Fiscalía, puesto que es la clasificación más adecuada en estos casos, y puede que tampoco por los internos. Sea como fuere, es indiferente para que, una vez ratificado ese grado por los Servicios Penitenciarios -disponen de dos meses, aunque podrían hacerlo hoy mismo- la junta de tratamiento decida aplicar a los presos el artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario para flexibilizar la ejecución de sus condenas. Hoy, a Pujol esa medida, que avaló la justicia, le permite estar libre de 8:00 a 22:00 cada día.

¿Un 100.2 es igual a libertad inmediata?

Los presos se beneficiarían de las mejoras que previera para ellos la junta de tratamiento en virtud del 100.2 de forma inmediata. Si les deja salir a la calle, sería ejecutivo desde el mismo momento en que se realizara esa propuesta. En realidad, la doctrina considera ese artículo un «tercer grado encubierto».

¿Puede el TS frenarlo?

El artículo 100.2 no afecta a la clasificación de grado de los presos, que es de lo que entiende el Tribunal Supremo. Afecta a sus condiciones de vida como reclusos, y por tanto queda fuera de su ámbito. La competencia recaería en el juez de vigilancia penitenciaria , que puede aceptar lo que le propone la Junta de Tratamiento o no. Si lo hace, probablemente lo recurrirá Fiscalía. Si lo rechaza, probablemente lo recurrirán los internos. La última palabra en ambos casos la tendría la Audiencia Provincial de Barcelona.

Si no hay 100.2 ¿Permite el segundo grado los permisos ?

La clasificación de segundo grado, tras ser aceptada por los Servicios Penitenciarios catalanes, pondría permisos de 36 días anuales al alcance de «los Jordis», puesto que se requiere el cumplimiento de un cuarto de la pena. El siguiente sería Forn, en junio.

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