El PP lleva al TC la votación de la reforma laboral por alterar la voluntad de la Cámara

El letrado mayor del Congreso firma un informe que justifica la actuación de Batet

Es el mismo jurista que defendió que Alberto Rodríguez podía mantener su escaño

La presidenta del Congreso Meritxell Batet EFE | Vídeo: EP
Ana I. Sánchez

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El Partido Popular recurre en amparo ante el Tribunal Constitucional la del jueves de la semana pasada, después de que la presidenta de la Cámara, Meritxell Batet , no haya resuelto los escritos y alegaciones urgentes presentados por los populares durante toda la semana.

El Tribunal Constitucional ya tiene sobre la mesa dos recursos de amparo contra la polémica convalidación de la reforma laboral el jueves de la semana pasada. El PP y su diputado Alberto Casero decidieron acudir a primera hora del viernes al órgano de garantías al cumplirse una semana de los hechos sin que la presidenta de la Cámara, Meritxell Batet , haya resuelto sus escritos y alegaciones urgentes.

El TC debe decidir ahora si admite a trámite ambos recursos, que se sustentan en una presunta vulneración del derecho al voto por parte de la presidenta de la Cámara, al impedir que el voto de Casero «fuera conforme a su voluntad» y alterando, en consecuencia, «la voluntad mayoritaria» del Congreso. El recurso de los populares hace hincapié en que Batet fue advertida de ello con carácter previo «y conforme al Reglamento». Cabe recordar que sin el error del diputado popular, la reforma laboral no habría resultado convalidada.

Cuatro semanas

El TC tardará unas cuatro semanas en resolver si admite o no los recursos a trámite. Según los constitucionalistas consultados por ABC, todo apunta a que la petición de amparo del parlamentario será estimada para preservar sus derechos. De ser así, el TC entrará después en el fondo del asunto y la resolución podría demorarse durante bastantes meses.

Por otra parte, la denuncia que un particular registró la semana pasada en los juzgados de Madrid por la presunta comisión de un delito informático en este caso, ha recaído en el Juzgado de Instrucción número 22, que tiene al frente a la instructora Patricia Jiménez-Alfaro , según informan en fuentes del Tribunal Superior de Justicia, informa Isabel Vega .

Mientras el PP trasladaba la batalla a los tribunales, el secretario general y letrado mayor de la Cámara, Carlos Gutiérrez Vicén , concluía el informe jurídico que le solicitó Batet ante los escritos y alegaciones remitidos por Casero, Gamarra, la vicepresidenta segunda, Ana Pastor, y el exdiputado de Cs, Pablo Cambronero . El documento, de 17 páginas y al que tuvo acceso ABC, justifica la actuación de la presidenta en este caso y considera irrevocable el voto de Casero porque no existió fallo técnico sino un error humano acreditado por los servicios informáticos del Congreso.

Gutiérrez Vicén también elaboró, a petición de Batet, el informe que defendía que el exnúmero tres de Unidas Podemos, Alberto Rodríguez , podía continuar en su escaño tras la condena impuesta por el Tribunal Supremo (TS) por patear a un policía. Tras un enfrentamiento inédito entre el Congreso y el citado tribunal, este jurista acabó emitiendo un informe en sentido contrario. Su imagen quedó muy dañada por ese episodio y ante esta nueva polémica nadie en el Congreso esperaba que emitiera un informe contrario a los intereses de la presidenta de la Cámara.

Lagunas

El informe del letrado mayor no entra en uno de los aspectos más polémicos de la actuación de Batet en la votación de la reforma laboral: su rechazo unilateral a que Casero repitiera su voto y sus posteriores afirmaciones ante el Pleno respecto a que esta decisión competía a la Mesa, que la misma era «conocedora» y que «había podido analizar» la cuestión cuando nunca convocó reunión alguna.

Al respecto, Gutiérrez Vicén se aferra a que la presidenta es quien tiene competencia para reunir a la Mesa y a que solo hay un precedente de que se admitiera la repetición de un voto telemático. «No se aprecia ningún elemento que hubiera justificado una decisión distinta a la que se adoptó», subraya, dejando a un lado que incluso aunque la decisión final fuera la misma quién debía adoptarla no era la presidenta de la Cámara sino la Mesa. De hecho, el propio informe recoge que las peticiones relacionadas con el voto telemático han sido siempre resueltas por la Mesa.

El secretario general también defiende que aunque la normativa de 2012 recoge la posibilidad de repetición del voto telemático por vía presencial, no era de aplicación en este caso al tratarse de un error humano y que tampoco puede considerarse un derecho del diputado. Sin embargo, la normativa no excluye ningún supuesto y deja la repetición del voto a distancia al criterio de la Mesa.

El informe continúa incidiendo en que un voto es irrevocable y en que los diputados que votan telemáticamente no pueden tener la «ventaja» de cambiar su voto. Una afirmación que choca con la regulación del Senado donde el voto a distancia puede modificarse hasta el fin del plazo.

Respecto al chequeo telefónico previsto en la regulación de 2012 y no efectuado, los letrados de la Cámara aceptan la tesis de la Presidencia de que Casero no podía exigirlo porque la pandemia llevó al Congreso a introducir la introducción de usuario y contraseña como método de verificación personal del voto telemático.

Su informe no explica tampoco por qué entonces la autorización que el Congreso remitió a Casero para votar telemáticamente establecía que el proceso se llevaría a cabo según «los términos previstos» en esa regulación, sin citar las instrucciones de 2020 o 2021. O por qué este chequeo no cabe aplicarse cuando lo solicita el diputado y no existe ninguna resolución que haya dejado dejado sin efecto la normativa de 2012. El Tribunal Constitucional tendrá ahora la última palabra.

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