El BOE hace oficial el traslado de Rajoy como registrador de Santa Pola a Madrid

El ex presidente del Gobierno ocupa el tercer lugar en el listado de 46 traslados publicados

Rajoy se incorporó el pasado 20 de junio al registro de Santa Pola Juan Carlos Soler

EFE

El Boletín Oficial del Estado oficializa hoy el nuevo destino del expresidente del Gobierno Mariano Rajoy como registrador de la propiedad en Madrid, al publicar la resolución por la que se le adjudica la plaza en el registro mercantil número cinco de la capital.

De esta manera, Rajoy dejará su puesto de registrador en Santa Pola (Alicante), a la que se incorporó el pasado 20 de junio tras renunciar el día 15 a su escaño en el Congreso y abandonar la política, después de triunfar la moción de censura contra él.

El expresidente ha conseguido una plaza vacante en el registro mercantil número cinco de Madrid, ubicado en el número 44 del Paseo de la Castellana , según la resolución del concurso ordinario convocado el pasado mes de julio publicada hoy.

En el mismo concurso, también su hermana, Mercedes Rajoy Brey , ha conseguido el traslado a Madrid, en concreto al registro número 54 de la capital, una plaza que ocupará tras dejar la que tenía anteriormente en Getafe.

Mariano Rajoy ocupa el tercer lugar en el listado y el 37 de 46 en el escalafón BOE

Rajoy ocupa el tercer lugar en el listado de 46 traslados publicados hoy, debido a su puesto número 37 en el escalafón de registradores, en el que pertenece a la primera categoría al igual que su hermana, que tiene el número 112 y aparece en quinto lugar.

Según consta en el BOE de hoy, la resolución del concurso ordinario de traslados de la Dirección General de los Registros y del Notariado, que es del pasado 14 de septiembre , será comunicada a las comunidades autónomas correspondientes para que el órgano competente en cada una de ellas proceda a nombrar a los registradores que deben ocupar sus plazas.

Con esta resolución se pone fin a la vía administrativa, pero aún podrá interponerse recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Dirección General de los Registros y del Notariado o recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia competente.

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