La disciplina de voto frente a la Constitución

En los casos que han llegado hasta el TC, sin lugar a dudas, éste ha fallado a favor del demandante

ÓSCAR DEL POZO

ABC

« La Constitución expresamente dice que no hay un mandato imperativo para ningún diputado », defendió ayer lunes la diputada socialista Margarita Robles. De esta manera, la ex magistrada del Tribunal Supremo reafirmaba su «no» a la investidura de Mariano Rajoy pese al «mandato imperativo» adoptado por el Comité Federal del sábado, por el que los miembros de su grupo deberían abstenerse en la segunda votación.

Efectivamente, el artículo 67.2 de la Constitución Española recoge que «los miembros de las Cortes Generales no estarán ligados por mandato imperativo », y en su artículo 79.3, el texto abunda en que el voto «es personal e indelegable».

Sin embargo, el reglamento interno del PSOE, en su artículo 76 recoge una norma diferente: «Los miembros del Grupo Parlamentario Federal del PSOE asumen y están obligados a acatar la declaración de principios y resoluciones aprobados en el Congreso Federal del Partido».

Es más, de romperse la disciplina de partido, el grupo parlamentario puede imponer sanciones económicas que van de los 200 euros a los 600 según las circunstancias. Pero además, el artículo 79 de los estatutos señala que «el grupo parlamentario y la Comisión Ejecutiva Federal podrían denunciar su conducta al Comité Federal» y acabar en su expulsión.

¿Por qué existe?

«Ellos verán la decisión que toman», dijo ayer Robles. «En el siglo XXI posicionamientos de sanciones y disciplinarios no son los mejores». Lo cierto es que la implosión de UCD dejó huella en sus sucesores, primero PSOE, y luego PP, que tomaron nota de que la división hundió el proyecto de Adolfo Suárez. Y la aplicaron, aún siendo inconstitucional, como mal menor para fortalecer la siglas por encima de los cargos.

¿Cuál es la jurisprudencia?

En los casos que han llegado hasta el Tribunal Constitucional, sin lugar a dudas, éste ha fallado a favor del cargo demandante contra su partido porque el artículo 67.2 es taxativo: no existe el «mandato imperativo» que pretenden los partidos.

¿Qué sanción les espera?

A los doce o quince diputados socialistas que acaben rompiendo la disciplina y voten «no» a Rajoy les caerá la sanción monetaria máxima (600 euros). Y los siete del PSC, si se rompe el histórico acuerdo con el PSOE (de 1978), serán enviados al Grupo Mixto.

¿Habrá cisma en el PSOE?

La gestora que preside Javier Fernández está tratando de encauzar la crisis para que ésta no se agrave con la imagen de 70 diputados absteniéndose y otros quince -habrá que ver si Pedro Sánchez se suma a estos- insisten en votar no a Rajoy.

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