Defensa abre la puerta al reconocimiento de muertes en acto de servicio por Covid-19

Al apreciarla en el primer militar fallecido, el resto de funcionarios pueden pedir lo mismo

El Ejército en un transporte de material contra el coronavirus hacia Melilla IGNACIO GIL

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El Ministerio de Defensa ha reconocido la muerte en acto de servicio del subteniente del Ejército del Aire José Manuel Palencia Calzada, de 57 años, primer militar fallecido en acto de servicio a causa de la Covid-19. El departamento que dirige Margarita Robles accede a ello incluso sin que Palencia Calzada hubiese tomado parte de la operación Balmis contra el coronavirus. La decisión supone que sus herederos cobren un 200 por cien de la pensión que le hubiera correspondido en condiciones normales, según informó ayer «El Pais». Pero además la medida, según los expertos laboralistas consultados por ABC, «abre un melón» con consecuencias imprevisibles, ya que el resto de funcionarios de cualquier administración que hayan perdido la vida en la lucha contra esta crisis sanitaria -guardias civiles, policías nacionales y locales, bomberos, médicos, enfermeros...- estarían en condiciones de pedir ese mismo reconocimiento, con las consecuencias económicas que de ello se deriven. Es más; no solo se podría pedir indemnizaciones por fallecimiento, sino también por las secuelas derivadas de la enfermedad.

No es inmediato

El debate jurídico está ya sobre la mesa. «La traslación al resto de colectivos de funcionarios que han estado en primera línea de la lucha contra el virus no es inmediata, pero es verdad que la decisión abre el camino a este planteamiento», sostienen todos los expertos consultados por ABC. «El Ejército tiene el Isfas, y el resto depende de la Seguridad Social, así que de forma inmediata solo sería de aplicación para la Guardia Civil, por ser también de naturaleza militar», añaden. Pero hay un principio insoslayable: todos los funcionarios del Estado deben ser tratados de la misma manera ante las mismas circunstancias.

Fuentes jurídicas del sindicato policial SUP están convencidas de que «la decisión del Ministerio de Defensa es un punto de partida, y sin duda vamos a aprovechar esta nueva vía para pedir un trato similar al de este militar». Al respecto, las mismas fuentes aseguran que el Tribunal Supremo ya tiene recogido en sus sentencias el llamado principio de resarcimiento e indemnidad, según el cual «cualquier funcionario no puede sufrir ningún tipo de perjuicio personal cuando ejerce su trabajo» como tal; es decir, en el desempeño de sus funciones, y si lo sufre debe ser recompensado de la forma adecuada.

Para estas fuentes es evidente que el Supremo no hace distinciones entre funcionarios, ni siquiera entre administraciones -central, autonómica o local-, por lo que creen que la decisión del Ministerio de Defensa se puede trasladar en no mucho tiempo al resto de colectivos afectados, como puede ser la Policía, pero también los sanitarios o bomberos, por poner algún ejemplo más.

Lo primero, obviamente, es tener el reconocimiento de que la muerte o las secuelas que sufre una persona son consecuencia de su trabajo , «y es ahí donde se van a producir las mayores dificultades, ya que las distintas administraciones van a intentar poner todas la trabas posibles para admitir esta circunstancia». Y ello porque es complicado demostrar que el contagio se produjo precisamente cuando el afectado estaba ejerciendo su labor profesional y no durante su actividad privada.

Criterio amplio

En este sentido la decisión de Defensa también sorprende, ya que aunque no se conocen los detalles del expediente concreto, parece haber aplicado un criterio muy amplio para el reconocimiento de la muerte en acto de servicio, toda vez que parece que el subteniente no participó en las operaciones contra el coronavirus desplegadas por los militares. Hay que tener presente, además, que las peticiones para que eso se produzca hay que hacerlas antes del primer año.

Otras fuentes jurídicas consultadas por ABC recuerdan que desde hace unas semanas se acordó en la mesa de diálogo social abierta entre el gobierno, los sindicatos y la patronal que las muertes del personal sanitario que ha atendido a pacientes con Covid-19 deben ser consideradas como «accidente profesional» , con los derechos de todo tipo que ello acarrea. «Pero es evidente que hay razones más que suficientes para extender el criterio al resto de funcionariosde los colectivos afectados», insisten esos medios. «Por ejemplo, si se le ha concedido a un militar, por extensión debe hacerse a la Guardia Civil, que tiene su misma naturaleza y por analogía en sus funciones a la Policía Nacional y también las locales».

Sobre la mesa

De hecho, Comisiones Obreras y UGT ya han hecho peticiones en este sentido, aunque el Gobierno se resiste a tomar la decisión por el alto precio económico que tendría una decisión como esa: «No hay argumento jurídico, ni siquiera de sentido común, que justifique ese trato distinto en función del trabajo que se haga . La verdad es que la medida del Ministerio de Defensa no viene nada bien al Ejecutivo para que mantenga su actual postura; es más, solo es cuesión de tiempo que acabe cediendo», insdisten los mismos medios.

Como ya se ha señalado, las implicaciones de la decisión del Ministerio de Defensa no alcanzan solo a las personas que hayan fallecido por esta enfermedad, sino a todas aquellas que hayan sufrido secuelas por la misma. Y en ese grupo pueden encontrarse miles de personas.

Hasta el momento el Ministerio de Defensa no ha explicado las razones por las que considera que el subteniente falleció en acto de servicio y asegura que se hacen evaluaciones caso por caso. La orden, del Mando de Personal del Ejército, es consecuencia sin embargo de una resolución firmada el 24 de julio por la subsecretaria de Defensa, Amparo Valcarce, que corregía la publicada el 21 de mayo en el boletín del ministerio, que eludía dicho reconocimiento.

Según datos del Ministerio de Defensa, los fallecidos por la Covid-19 en su departamento eran siete: tres militares y cuatro empleados civiles.

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