El Constitucional mantiene en suspenso el plan de acción exterior de Cataluña
Entiende que puede «crear la apariencia» de que la comunidad es «un sujeto de derecho internacional»
El Pleno del Tribunal Constitucional ha acordado por unanimidad mantener en suspenso el Plan Estratégico de Acción Exterior y Relaciones con la UE 2019-2022 de la Generalitat cuya puesta en marcha paralizó por providencia el pasado mes de octubre tras recibir un recurso del presidente del Gobierno por invasión de competencias. Entiende que esa iniciativa puede «crear la apariencia de que Cataluña es un sujeto de derecho internacional» y por ello decide mantenerla suspendida en tanto analiza el fondo del asunto desde la perspectiva competencial.
El auto, firmado el 17 de junio y notificado este martes, razona que dotar a Cataluña de esa apariencia de sujeto internacional mediante el Plan recurrido «determinaría que a su amparo, se establecieran aparentes relaciones internacionales difícilmente reversibles si finalmente se declarase inconstitucional, pues se habría dado lugar a una situación que podría suponer daños irreparable s en la política exterior de España y sus relaciones internacionales».
«La confianza y el valor de los precedentes son pilares básicos sobre los que se construye la relación entre los sujetos de derecho internacional en gran parte basadas en el statu quo, por lo que difícilmente serían revocables las situaciones creadas al amparo de un plan que se habría presentado y ejecutado en el plano internacional, apoyado en una presunción de legitimidad», explican los magistrados.
Tiene así en cuenta que si esta situación se produjera, se perjudicaría la política exterior del Estado «y por tanto, el interés general, al crear desconfianza sobre la capacidad de España para dirigir y coordinar su acción exterior y las relaciones internacionales» en lo que supondrían daños de «difícil reparación».
Y esto, pese al «carácter organizativo» que la Generalitat de Cataluña atriubuye a ese plan: «es justamente la puesta en marcha de sus previsiones lo que podría deparar, en el ámbito internacional, los perjuicios irreparables ya aludidos que justifican el mantenimiento de la suspensión».
En este sentido, el Constitucional argumenta que mantener paralizado el plan « no perjudica al legítimo ejercicio de la acción exterior de la Generalitat pues nada le impide llevar a cabo actividades con proyección exterior que se deriven directamente de sus competencias», eso sí, «respetando siempre la competencia exclusiva del Estado en materia de relaciones internacionales».
El consejero de Acción Exterior, Relaciones Institucionales y Transparencia, Bernat Solé, tras conocer la decisión del TC, ha explicado en un comunicado que pese a la suspensión temporal del plan de la Generalitat, en su opinión, el TC reconoce la competencia del gobierno catalán para desarrollar «acción exterior» al margen del Gobierno de España. «Hemos hecho y seguiremos haciendo acción exterior, porque somos competentes y porque es lo que el país (por Cataluña) necesita», ha indicado
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