Los conductores podrán llevar otra persona en el asiento de atrás siempre que sea para actividades autorizadas
En vehículos de hasta nueve plazas podrá haber un pasajero en cada fila, siempre que no sea por ocio u otras cuestiones que no están permitidas
Coronavirus España, últimas noticias del COVID-19
El Gobierno continúa matizando sus órdenes por la crisis del coronavirus. Esta mañana ha sido el turno del transporte particular, en el que se introduce el matiz de que en un vehículo convencional podrá ir otra persona además del conductor «siempre que sea para las actividades autorizadas» durante el estado de alarma en vigor.
La secretaria de estado de Transportes y Movilidad, María José Rallo , ha sido la encargada de dar a conocer las novedades que vienen a cubrir algunas disfunciones que se habían producido en la aplicación del Real Decreto Ley de estado de Alarma. Por ejemplo, habían sido multadas personas que se dirigían a casa de un familiar dependiente para llevarle comida y que llevaba en el asiento de atrás a su hijo pequeño porque no podía dejarlo solo en casa.
Para evitar este tipo de cosas, se ha dictado una orden ministerial según la la cual «podran viajar en vehículos de hasta nueve plazas hasta una persona por cada fila de asientos» , mientras que en los vehíulos convencionales podrán ir dos como máximo -uno delante y uno detrás. En ambos casos solo para aquellas actividades que están autorizadas, como son ir a trabajar o ir a atender a un familiar que lo necesite.
Por otra parte, este pasado martes, 74 personas fueron detenidas por agentes de la Policía Nacional (55 arrestos) y de la Guardia Civil (19) por incumplir las condiciones de confinamiento impuestas en el real decreto que entró en vigor el 15 de marzo, lo que representa un ligero descenso respecto a la estadística del día anterior.
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