Condena de entre 8 y 12 años de prisión para la célula yihadista que quiso atentar en el Parlament en 2015
Los diez terroristas fotografiaron lugares emblemáticos de Barcelona y hablaron de ejecutar a una persona con un mono naranja
Fotografiaron lugares emblemáticos de Barcelona, se prepararon para fabricar artefactos explosivos y se propusieron atacar contra el Parlamento catalán en 2015. Eran diez yihadistas, miembros de una célula terrorista afincada en Terrasa, que se radicalizaron al abrigo de la mezquita. La Audiencia Nacional les ha condenado a penas de entre 8 y 12 años de prisión integración en organización terrorista. Los tres jueces del tribunal, tras enjuiciarles, considera probado que formaron una célula al servicio de Daesh , el grupo terrorista autodenominado Estado Islámico, que busca imponer un califato por la fuerza en Siria e Irak.
La Sala de lo Penal destaca en la sentencia, de 198 folios, que los terroristas, tras pasar la etapa de formación en los principios de la yihad, conformaron un grupo «con la única finalidad y motivo de cumplir y servir los postulados de Daesh, atentos para llevar a cabo, en cualquier momento, un ataque contra instituciones como la policía, entidades bancarias o intereses judíos asentados en España o integrarse en las filas del Daesh». Fue a comienzos de 2014 cuando los condenados comenzaron a formar un grupo radical en la mezquita de Terrasa, una localidad de Barcelona que supera los 200.000 habitantes.
La condena más grave, de doce años de cárcel, es para los tres cabecillas del grupo: el español Antonio Sáez Martínez , alias «Ali el peluquero»; Lahcen Zamzami ; y Rida Hazem , ambos de nacionalidad marroquí. Sáez Martínez, que trabajaba en una peluquería en Barberá del Vallés, en Barcelona, fue quien propuso a la red cometer un atentado en España. Con acceso a material bélico, los terroristas pretendían crear un explosivo casero, como la célula de Alcanar, que cometió los atentados de agosto del año pasado. La Audiencia Nacional condena a los tres, para quien la Fiscalía pedía 19 años de prisión, por el delito de integración en organización terrorista en grado de dirigentes. A los demás como participantes de la red.
Los miembros de la célula, denominada «Fraternidad Islámica, Grupo para la predicación del Yihad», tenían dos objetivos: o bien abandonar España para integrarse en las filas de Daesh, como hizo Abdellatif Chahmout , que murió en Irak en mayo de 2015, o llevar a cabo atentados en Occidente. Los líderes de la red predicaban las bondades de la yihad, que se podía practicar en cualquier lugar, donde cada uno vivía, «aniquilando fieles y atentado contra todo tipo de instituciones, entidades, organismos y símbolos propios de la cultura occidental asegurando que, de actuar de esta forma, se alcanzaba el paraíso».
Los planes de los terroristas se activaron tras la detención de tres miembros de la célula en la frontera entre Bulgaria y Turquía, cuando se disponían a llegar a Siria. Tras ese momento, «Ali el peluquero» propuso atentar en España, comentó la idea de atacar el Parlament, justificó las decapitaciones y animó a los demás a que practicasen en la fabricación de explosivos caseros . Con posterioridad, el 14 de marzo, cuatro miembros de la célula se reunieron en la estación de Sants para dar un paseo y fotografiar posibles lugares donde atentar con el fin de «causar el caos y mucha repercusión». Así, acudieron a la plaza de España, donde hay una comisaría de los Mossos d'Esquadra, el centro comercial Las Arenas y el hotel Plaza, que fueron fotografiados; así como al puerto olímpico, donde sacaron fotografías del Hotel Arts.
Al día siguiente, el 15 de marzo, según la sentencia, el cabecilla Sáez Martínez comentó a otros dos miembros de la red yihadista que podría tener más repercusión un degollamiento al estilo del Daesh, la ejecución de un infiel, al cual vestirían con un mono naranja, le colocarían en una habitación oscura, grabarían la escena y la publicarían en Youtube o en las redes sociales, para después huir a Siria.
El tribunal alcanza sus conclusiones y defiende que la prueba de cargo se sustenta en los abundantes testimonios del caso (tanto de los Mossos que realizaron los seguimientos y vigilancias, como del testigo protegido y del agente encubierto), en la documentación intervenida en los registros y en los informes de los TEDAX en relación con la posibilidad de hacer explosivos e incendiarios, siguiendo las anotaciones halladas en el domicilio de Sáez Martínez, así como el saco de azufre que tenían oculto en una trampilla.
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