El CGPJ aprueba 60 medidas para reactivar la justicia tras la alarma sin tener que tocar las leyes

El plan prevé priorizar procedimientos de Familia, mercantiles y laborales, agrupar causas o unificar criterios, entre otros

Pleno del Consejo General del Poder Judicial, presidido por Carlos Lesmes

N. V.

El Pleno del Consejo General del Poder Judicial ha aprobado este martes el plan de choque de este órgano para la reactivación de la justicia tras el estado de alarma declarado por el Covid-19 y que incluye más de 60 medidas organizativas y gubernativas que, al estar dentro de su capacidad de actuación, no requieren de reformas legales para su aplicación. El plan ha sido aprobado con 18 votos a favor, dos en blanco y uno en contra, después del debate y votación de más de medio centenar de enmiendas presentadas por los vocales a las propuestas de los diferentes bloques: medidas organizativas y procesales, medidas sobre solución extrajudicial de conflictos, medidas destinadas a colectivos especialmente vulnerables y medidas tecnológicas. La elaboración fue acordada por la Comisión Permanente el pasado 2 de abril.

El documento final que recogerá estas medidas, que entre otras cuestiones contemplan el mantenimiento o incremento de las medidas de refuerzo o apoyo en Juzgados y Tribunales, el fomento de las herramientas existentes para la unificación de criterios o la potenciación del empleo de sistemas telemáticos, estará disponible en los próximos días en la página web del poder judicial una vez incorporadas las enmiendas aprobadas.

Los objetivos del plan son agilizar al máximo la resolución de todos aquellos asuntos cuya demora pueda incidir más negativamente en la recuperación económica y en la atención a los colectivos más vulnerables y proporcionar a los jueces y magistrados un escenario fiable para la vuelta a la normalidad , con mecanismos que les permitan afrontar con menor dificultad el incremento de cargas de trabajo.

El Pleno del órgano de gobierno de los jueces también ha aprobado los principios y criterios generales que deberían inspirar las reformas legales que puedan acometerse en este momento. En este campo, la actuación del CGPJ queda limitada a la función de propuesta y aportación de trabajos técnicos al prelegislador para su valoración y, en su caso, tramitación ante las Cortes Generales.

Tras el debate y votación de las enmiendas presentadas en relación con este apartado, los vocales han acordado que las reformas deberían procurar la agilización procesal, incrementando la eficacia de la respuesta judicial y acortando, en la medida de lo posible, los tiempos de respuesta; introducir previsiones en la normativa procesal orientadas a alcanzar el máximo aprovechamiento en la utilización de los medios tecnológicos; favorecer el incremento de la seguridad jurídica, la unificación de criterios ante la previsible litigiosidad masiva y la uniformidad de la respuesta judicial; y mitigar el exceso de litigiosidad.

Familia, empresas y víctimas

El Consejo considera que, dadas las especiales circunstancias generadas por la crisis sanitaria y su impacto socioeconómico, las reformas tendrían que prestar especial atención a determinados procedimientos : los de familia, en base al principio del interés superior del menor; los mercantiles, para facilitar la continuidad de las empresas y de la actividad de los profesionales afectados por la crisis; la protección de las víctimas, con especial y constante atención a las de la violencia de género; los contencioso- administrativos , asociados a los efectos de la declaración del estado de alarma; y los laborales sobre protección social, conciliación de la vida familiar y profesional, viabilidad de las empresas y mantenimiento del empleo.

Por último, el Pleno ha señalado como criterios y principios aplicables con carácter general a cualquier reforma procesal que se acometa que ninguna de ellas vaya en detrimento de las garantías procesales de los justiciables ni merme la calidad del servicio judicial; que dadas las circunstancias que motivan la elaboración de las propuestas éstas han de tener, cuando proceda, carácter temporal, sin excluir el planteamiento de reformas con vocación de permanencia cuando puedan introducir mecanismos que favorezcan la respuesta judicial de cara al futuro; y que ha de contemplarse en todo momento la conexión de las reformas con las exigencias derivadas de la protección de la seguridad y la salud laboral.

Tras la votación, varios vocales han anunciado la formulación de votos particulares -tanto concurrentes como discrepantes- a distintos apartados del plan de choque.

Plan de formación extraordinario

El CGPJ también está trabajando en la elaboración de un programa de formación extraordinario para la carrera judicial , actuación que es competencia exclusiva de este órgano y que constituirá el quinto bloque del plan de choque. Según fuentes del órgano se trata de proporcionar a los miembros de la carrera instrumentos formativos en las principales materias que surgirán tras el levantamiento del estado de alarma y de la situación de pandemia; mejorar la eficacia y calidad de la respuesta judicial ante los nuevos procedimientos que se planteen; ayudar a la unificación de criterios jurídicos ante los nuevos procedimientos que puedan plantearse; y permitir que se continúe con el plan de formación a distancia.

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