El TC avala que el Parlamento pueda controlar a un Gobierno en funciones
El Pleno estima por unanimidad el conflicto de competencias presentado contra el Ejecutivo de Rajoy en 2016
El Tribunal Constitucional ha estimado por unanimidad el conflicto de atribuciones planteado por el Congreso de los Diputados en 2016 contra el Gobierno del PP por negarse al control parlamentario durante los meses que estuvo en funciones.
La presentación de este conflicto de atribuciones se acordó en el Pleno del Congreso hace dos años ante las reiteradas negativas del Ejecutivo a someterse a control parlamentario alegando que el Parlamento elegido en diciembre no es el que le dio la confianza.
Los magistrados señalan que aunque normalmente «el control de la acción del Gobierno se ejercerá en el marco de la relación de confianza» que ha de existir entre el Ejecutivo y el Congreso, eso no significa que «excepcionalmente, como lo son también los periodos en los que no hay relación de confianza entre el Congreso y el Gobierno, no pueda ejercitarse la mencionada función de control».
Según la sentencia, «la función de control que corresponde a las Cortes Generales está implícita en su carácter representativo y en la forma de gobierno parlamentario» que establece la Constitución», por lo que no puede negarse a las Cámaras todo ejercicio de la función de control , pues lo contrario «afectaría al equilibrio de poderes» previsto en la Carta Magna.
El recurso ante el TC se presentó después de que el Grupo Socialista solicitara la comparecencia urgente del ministro de Defensa en funciones para informar sobre los asuntos tratados y los acuerdos adoptados en la reunión de Ministros de Defensa de la OTAN celebrada los días 10 y 11 de febrero de 2016 en Bruselas.
El Gobierno en funciones comunicó a la Cámara Baja que no podía someterse a iniciativas de control, entre las que se encontraba la comparecencia citada, porque no existía relación de confianza entre ambos órganos constitucionales.
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