Los asuntos penales que llegan a los juzgados caen un 42,7 por ciento
En solo tres meses de andadura, la reforma de Catalá logra descongestionar los juzgados, en parte al dejar fuera los atestados sin autor conocido
![Imagen de archivo de los juzgados de Estepona](https://s1.abcstatics.com/media/espana/2016/06/28/juzgados-kEOH--620x349@abc.jpg)
Fueron medidas muy criticadas en su momento por la oposición, pero en apenas unos meses de andadura ya han dado sus frutos. La reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que entró en vigor el pasado 6 de diciembre, sumada a la del Código Penal que ya operaba desde julio, ha conseguido que los asuntos penales que entran en los juzgados españoles se reduzcan un 42,7 por ciento en el primer trimestre de este año . Así consta en el informe sobre la actividad de los tribunales desde enero a marzo de 2016 que el Servicio de Estadística del Consejo General del Poder Judicial hizo público ayer.
Buena parte de esa caída en picado se debe a que los atestados policiales en los que no existe autor conocido del delito denunciado ya no se remiten a los juzgados de instrucción, lo que ha provocado que frente a los 1.517.487 asuntos ingresados entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2015 se haya pasado a 869.603 asuntos en los tres primeros meses de este año .
Como consecuencia de lo anterior, al no ingresar ya en los juzgados estos asuntos que se resolvían de forma inmediata –con un auto de archivo por falta de autor conocido–, se ha producido un descenso similar en la tasa de resolución, de forma que se ha pasado de 1.578.863 a 938.487 en apenas noventa días. Los procedimientos penales en trámite al final de este periodo era de 762.567, un 18,4 por ciento menos que hace un año.
Como informó ABC el pasado noviembre, los atestados sin autor conocido representan cerca de un millón (un cuarenta por ciento) de los 2,4 millones de archivos provisionales acordados en la jurisdicción penal, lo que permite hacerse una idea del volumen de trabajo que suponían para el órgano judicial en relación con los escasos resultados que se esperaban, pues en la mayor parte de los casos se trata de robos de móviles o carteras en autobuses o aglomeraciones en las que encontrar al autor del delito resulta una tarea prácticamente imposible.
Un 13% de todo lo revisado
Cuando el ministro de Justicia presentó el pasado 6 de junio el balance de seis meses de la entrada en vigor de la nueva ley procesal, ya adelantó que durante ese periodo de tiempo –en el que la Fiscalía tuvo que revisar las casi 350.000 causas penales que se instruían en todos los juzgados de España–, los jueces habían acordado el sobreseimiento provisional de 44.000 procedimientos por falta de autor conocido, lo que representaba un 12,7 por ciento del total clasificado.
Pero sacar de los juzgados las causas en las que el autor del delito es desconocido es solo una de las medidas previstas en la Ley de Enjuiciamiento Criminal que ha permitido agilizar los ritmos de la Justicia . Entre ellas también están los límites a las instrucciones judiciales (la investigación de las causas simples no podrá prolongarse más de seis meses y la de las complejas dieciocho) o la reforma de las leyes de conexidad para evitar los macroprocesos (cada delito dará lugar a una sola causa).
Asimismo, ha contribuido a esta drástica reducción de asuntos la reforma del Código Penal que suprimió las faltas , convirtiéndolas en delitos leves o infracciones administrativas. Estos juicios, que colapsaban los juzgados y cuyo número no dejaba de crecer, han descendido en un 54 por ciento en el primer trimestre del año.
Otra novedad de la reforma de la LECr ha sido el proceso por aceptación de decreto , una fórmula destinada a enjuiciar los delitos de conducción en estado de embriaguez, infracciones que representan el 50 por ciento de las condenas dictadas por los Tribunales. La modificación se ciñe a multas y privación del permiso de conducción. Si el ciudadano que es sorprendido en un control de alcoholemia y da positivo, acepta la acusación del fiscal se le rebajará la pena de forma sustancial con el visto bueno del juez pero sin necesidad de celebrar el juicio. En la práctica es una conformidad.
El resto de jurisdicciones
Pero no es la jurisdicción penal la única que se ha descongestionado, según revela el informe del órgano de gobierno de los jueces. También ha disminuido la entrada de asuntos en el resto de las jurisdicciones, en concreto de un 32,4 por ciento, respecto del mismo periodo de 2015.
Así, entre los pasados 1 de enero y 31 de marzo, los asuntos de nuevo ingreso en el conjunto de los órganos judiciales españoles –incluidos los penales– fueron 1.487.239 , frente a los 2.172.069 del primer trimestre de 2015.
En este periodo, los Juzgados y Tribunales españoles resolvieron 1.635.608 asuntos –lo que supone una disminución interanual del 29,2 por ciento–; mientras que al final del mismo quedaron en trámite 2.288.878 asuntos, un 8,8 por ciento menos que en la misma fecha del año pasado.
Así, en la jurisdicción civil el número de asuntos ingresados en el primer trimestre de 2016 fue de 474.629, lo que representa un descenso interanual del 8,4 por ciento . En esta jurisdicción se resolvieron 530.420 asuntos y al final del trimestre quedaron en trámite 1.032.957 asuntos.
Por su parte, en la Contencioso-administrativa registraron 49.001 nuevos asuntos entre el 1 de enero y el 31 de marzo, un 5,8 por ciento menos que en el mismo periodo del año anterior. La cifra de asuntos resueltos fue de 57.637 y la de asuntos en trámite al final del trimestre de 199.174; mientras que los órganos de lo Social recibieron 93.931 nuevos casos en los tres primeros meses del año, lo que representa una disminución interanual del 15,6 por ciento. El número de asuntos resueltos fue de 109.010 y el de asuntos en trámite al final del periodo de 294.083.
La tasa de litigiosidad en el conjunto de España en el primer trimestre de este año también ha disminuido y ha pasado de 46,6 asuntos por cada mil habitantes en el primer trimestre de 2015 a 32 por cada mil en el mismo periodo de este año.
Canarias, la que más litiga
Las comunidades autónomas que han mostrado una tasa de litigiosidad superior a la media nacional han sido Canarias (40,7), Andalucía (37,0), Murcia (34,2), la Comunidad Valenciana (33,4), Cantabria (33,2) y Madrid (32,4).
En el otro extremo se sitúan las comunidades en las que menos se acude a los tribunales, que son La Rioja (22), el País Vasco (22,5) y Navarra (24,3).
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