El TC advierte a Torrent de las consecuencias penales de seguir el camino de Forcadell

Admite el recurso del Gobierno contra la resolución del Parlament que insiste en la autodeterminación y reprueba al Rey

El presidente del Parlament, Roger Torrent, en una imagen de archivo Inés Baucells

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El Pleno del Tribunal Constitucional ha admitido a trámite por unanimidad el incidente de ejecución de sentencia promovido por el Gobierno contra varios incisos de la resolución que aprobó el Parlament en julio «sobre las propuestas para la Cataluña real», una nueva proclamación del derecho a ejercer la autodeterminación y la reprobación de Felipe VI .

El Gobierno, cuya portavoz, Isabel Celaá , ya anunció el pasado viernes esta impugnación, alega que dichos artículos son contrarios a la sentencia que declaró la inconstitucionalidad y nulidad de la Resolución del 9 de noviembre de 2015 con la que el Parlament inició el proceso de ruptura con España.

Accediendo a la petición del Ejecutivo, los magistrados acuerdan «notificar personalmente la presente resolución al presidente del Parlament , Roger Torrent; al secretario general Xavier Muro i Bas; y a los miembros de la Mesa Josep Costa i Rosselló, Joan García González, Eusebi Campdepadrós i Pucurull, David Pérez Ibáñez, Laura Vílchez Sánchez y Adriana Delgado i Herreros.

A todos «se les advierte de su obligación de impedir o paralizar cualquier iniciativa que suponga ignorar o eludir la suspensión acordada, apercibiéndoles de las eventuales responsabilidades, incluida la penal, en las que pudieran incurrir».

Las advertencias a sus antecesores en esos puestos se han saldado con la expresidenta de la Cámara autonómica Carme Forcadell en el banquillo juzgada por rebelión y con los miembros de la mesa a la espera de ser juzgados por desobediencia.

Asimismo «se requiere al Presidente del Parlamento de Cataluña, a los demás miembros de la Mesa y al Secretario General del Parlament, respectivamente, de su obligación de abstenerse de realizar cualesquiera actuaciones tendentes a dar cumplimiento a los incisos impugnados de la resolución en cuestión, así como su deber de impedir o paralizar cualquier iniciativa, jurídica o material, que directa o indirectamente suponga ignorar o eludir la sentencia del TC que declaró inconstitucional la resolución de la ruptura.

El Tribunal Constitucional acuerda suspender los mencionados preceptos de la resolución recurrida mientras entra en el fondo del asunto, y da traslado al Ministerio Fiscal y al Parlament para que en el plazo de diez días presenten las alegaciones que estimen convenientes.

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