Tribunales

Absuelven a un condenado por violación porque su víctima no declaró en el juicio

El Supremo anula como prueba la declaración que la joven norteamericana prestó ante el juez de instrucción porque no la ratificó por videoconferencia

El violador, empleado de un local de Las Ramblas, había sido condenado a seis años de cárcel

Dos de los cinco magistrados, partidarios de rechazar el recurso del agresor

La sentencia ha contado con el voto particular de dos de los cinco magistrados

N. VILLANUEVA

El Supremo ha absuelto a un condenado por violación porque su víctima, una joven estadounidense, rechazó testificar en el juicio por videoconferencia. La Sala Segunda señala que la negativa de la víctima no entra en los supuestos que podrían haberla eximido de ese trámite, por lo que ha anulado la declaración que prestó en su momento ante el juez de instrucción, y que era la principal prueba de cargo contra el violador, un empleado de un local de Las Ramblas (Barcelona). El agresor, condenado a 6 años por la Audiencia de Barcelona, queda así en libertad.

La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Perfecto Andrés Ibáñez, destaca que «el derecho del imputado al examen del testigo de cargo» durante el juicio «constituye un elemento estructural del proceso» del que no puede disponer «potestativamente» la otra parte. La testigo, «una mujer adulta, tuvo a su alcance la posibilidad de prestar declaración por videoconferencia, es decir, sin necesidad de moverse de su lugar de residencia ni de compartir espacio físico y confrontarse directamente con el acusado, esto es, con una molestia mínima», señala la sentencia. Reconoce que quizá la interesada desconociera que en España existe el deber de hacerlo, pero «esto no cambia en nada el marco constitucional y legal de referencia».

La decisión de absolver al violador ha dividido a la Sala Segunda: dos de los cinco magistrados, Antonio del Moral y Francisco Monterde, han suscrito un voto particular en el que consideran que había que haber rechazado el recurso que interpuso el agresor, porque la declaración que prestó la joven estadounidense estuvo rodeada de todas las garantías y estaba destinada desde su origen a ser valorada por el tribunal. No se entiende, dicen, que en virtud de una «vicisitud posterior», esa misma declaración no sirva para ser reproducida en el acto del juicio oral.

Ni consentimiento ni «provocación»

Aparte de considerar que la prueba era válida, entienden que la Audiencia de Barcelona dio crédito a la joven por razones de peso, y no les convenció el argumento del empleado de que el contacto sexual con la chica, cliente del local, fue consentido. «Ha contado el Tribunal con el visionado de la grabación de las cámaras de seguridad del local. Se contempla la escena previa ajustada íntegramente con el relato de la víctima y huérfana del gesto "provocador" que adujo en su defensa el acusado. Y se observa en esa filmación cómo la víctima salió visiblemente agitada de los aseos y abandonó el local apresuradamente, lo que se cohonesta muy mal con la versión del acusado y guarda total armonía con la inmediata denuncia a la guardia urbana», señala el voto particular.

La Audiencia de Barcelona consideró probado que a las cinco menos veinte de la tarde del 13 de junio de 2013, el agresor, que trabajaba en el establecimiento, acompañó a la joven al baño para abrir la puerta, cerrada con una llave que solo tenían los empleados. Una vez dentro del lavabo empujó a la chica contra la pared del aseo de caballeros, y manteniéndola en aquella posición , «a pesar de los esfuerzos realizados por la mujer por zafarse del hombre, éste comenzó a besarla por la cara y el cuello, al tiempo que introducía una mano por debajo de la falta e intentaba llevar la mano de la joven hasta la zona de los genitales del acusado, llegando éste a tocar la zona vaginal de la mujer y a introducir dos dedos en su vagina». La mujer le dio una patada y consiguió escapar refugiándose en el baño de señoras, donde se encerró «hasta que comprobó que el acusado había abandonado el recinto de los lavabos». A continuación denunció los hechos ante la guardia urbana.

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