Así es el nuevo Código Penal que incluye la prisión permanente revisable y castiga la financiación ilegal
El Congreso da luz verde al texto que sustituye al que fue aprobado en 1995 y que ha sido objeto de numerosas reformas parciales
El Congreso aprobó ayer jueves el nuevo Código Penal , que viene a sustituir al texto que fue aprobado en 1995 y que ha sido objeto desde entonces de numerosas reformas parciales. En total, en España se ha modificado una treintena de veces la ley que recoge todos los delitos, en función de cómo han evolucionado los criminales, pero también la sociedad y el color de los gobiernos.
Prisión permanente revisable
La prisión permanente revisable se podrá alargar durante toda la vida del recluso, aunque, pasado un periodo de 25 a 35 años, se evaluará si su pronóstico de reinserción es favorable y puede quedar en libertad. Esta pena solo se impondrá en casos excepcionales como asesinatos en serie, de menores 16 años, reyes o cometidos por grupos organizados.
Delito de financiación ilegal
Se castigará con cárcel a los españoles que acepten donaciones superiores a los 500.000 euros, o de 100.000 euros si son extranjeros. Los corruptos suelen fraccionar estas cantidades para burlar los límites legales.
Vídeos íntimos en internet
Compartir vídeos íntimos sin permiso en la red será delito, aunque la grabación se hubiera realizado con el consentimiento de la víctima. Casos como el de la concejal Olvido Hormigos u otros en los que se difundan videos eróticos de una persona contra su voluntad tendrán una pena de cárcel de tres meses a un año.
Maltrato animal
Se agravará el abandono de animales, que llevará aparejado el pago de una multa de uno a seis meses, mientras que se tipifica por primera vez la explotación sexual de animales o el maltrato en peleas de gallos o perros.
Pornografía infantil
Aumentarán las penas para la prostitución de menores o incapaces, mientras que se castigará a quien contacte con un adolescente, menor de 16 años, a través de las nuevas tecnologías para intentar que facilite imágenes pornográficas. Además, se regulará el «hostigamiento» mediante llamadas telefónicas o seguimientos a una persona, que en muchas ocasiones no podía perseguirse como delito de amenazas o coacciones al no haber violencia.
Matrimonio forzado
Hasta tres años de cárcel le pueden «caer» a quien coaccione a otro a contraer matrimonio. Se trata de un castigo reclamado por la Unión Europea para evitar la trata de seres humanos y que está regulado en Francia, Dinamarca, Reino Unido, Alemania o Noruega.
Huelgas
Las penas de cárcel a quienes impidan o limiten el derecho de huelga se reducen a los dos años, por lo que una persona sin antecedentes no deberá obligatoriamente ingresar en prisión.
Robos y hurtos
El límite del hurto pasa de 400 a 500 euros y se aumenta la persecución de multirreincidentes, butrones, alunizajes o robo de cable de cobre o suministro eléctrico.
Expulsión de la UE
Excepcionalmente, un ciudadano de la Unión Europea podrá ser expulsado de España si representa una amenaza grave para la seguridad pública. Hasta ahora esta medida solo se podía aplicar a los extranjeros que no pertenecieran a países comunitarios.
Supresión de faltas
Se elimina el libro dedicado a las faltas, que pasan a ser consideradas delitos leves o sanciones administrativas. A diferencia de muchos delitos, estos ilícitos de escasa gravedad se resuelven ágilmente en juicios de faltas y hasta ahora no han conllevado penas de prisión ni han dejado antecedentes penales, que impidan, por ejemplo, presentarse a una oposición.
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