El TSJC rechaza investigar a Mas por los delitos que acarrean cárcel: rebelión y usurpación
Aprecia indicios de que el presidente catalán pudo incurrir en un delito de desobediencia, cuya pena más gravosa es la inhabilitación
La justicia ha dado un último paso antes de imputar al presidente de la Generalitat, Artur Mas , y a dos miembros de su gobierno, por desacato al Tribunal Constitucional al celebrar la pseudo-consulta sobre la independencia de Cataluña del pasado 9 de noviembre.
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) aprecia «indicios» de que Mas pudo incurrir en un delito de desobediencia al no respetar la providencia del TC del pasado 4 de noviembre en el que suspendía cautelarmente la consulta alternativa soberanista del 9-N, tras admitir a trámite un recurso presentado por el Gobierno.
Así lo expone la sala civil y penal del alto tribunal catalán en varios autos notificados ayer, en los que razona su decisión, acordada el pasado 22 de diciembre, de admitir a trámite las querellas -entre ellas, la de la Fiscalía Superior de Cataluña- y denuncias por el 9-N e investigar a Mas. También serán investigadas la vicepresidenta de la Generalitat y consejera de Gobernación, Joana Ortega, y la consejera de Educación, Irene Rigau.
Posible revelación de secretos
En un principio, el TSJC considera que podrían haber incurrido en un presunto delito de desobediencia grave penado en el artículo 410.1 del Código Penal con multas y una inhabilitación de hasta dos años. Aunque añade que en función de la investigación también podría achacarles los delitos de prevaricación y malversación de caudales públicos e incluso revelación de secretos.
Formalmente, ni Mas ni Ortega ni Rigau están aún imputados, pero lo serán en breve. Tan pronto prosiga la instrucción del caso, a cargo del magistrado Joan Manuel Abril, que presumiblemente les citará a declarar en calidad de imputados. Aunque la admisión a trámite de las querellas es solo el inicio del proceso, lo cierto es que el TSJC ya ha despejado un poco el panorama judicial al que se enfrenta Mas con los autos de ayer.
Así, por ejemplo, en dichos autos -aunque pueden ser recurridos-, el alto tribunal desestima investigar al presidente catalán, a Rigau y a Ortega por algunos delitos de los que le acusaban algunos querellantes. Es el caso del de usurpación -que sí aprecian la Fiscalía y el partido UPyD- o rebelión y sedición, como denunciaba el sindicato Manos Limpias. Dos delitos, éstos, que sí acarrean penas de cárcel, a diferencia de la desobediencia, prevaricación o la malversación en base al artículo 433 del Código Penal (cuya pena más gravosa es la inhabilitación por 10 años).
Por el contrario, el TSJC no descarta que los querellados hayan incurrido en otro delito: revelación de secretos. En este caso se cedió a la empresa Unipost los datos del Registro de Población de Cataluña para enviar a las casas de los ciudadanos propaganda de la consulta.
El tribunal catalán circunscribe la investigación a la desobediencia de la suspensión ordenada por el TC en su segunda providencia, la del 4 de noviembre. La que aludía al «proceso participativo» que Mas ideó como alternativa a una primera consulta que fue suspendida por el Constitucional en una providencia anterior, la del 29 de septiembre. En sus autos, el alto tribunal tampoco admite a trámite las querellas contra otros cargos de la Generalitat y diputados. Se trata del consejero de Interior, Ramon Espadaler; el portavoz de la Generalitat, Francesc Homs; el líder de ERC, Oriol Junqueras; la presidenta del Parlamento catalán, Núria De Gispert, y los miembros de la Mesa de la Cámara catalana Anna Simó (ERC), Lluís Corominas (CiU), Josep Rull (CiU) y David Companyon (ICV).
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