Elecciones Andalucía 2022: cuáles son mis derechos si me toca mesa electoral el 19J

Los trabajadores nombrados presidente o vocal tienen derecho a un permiso retribuido de jornada completa durante el día de la votación y también podrán acogerse a la reducción de cinco horas de la jornada laboral del día posterior a los comicios

Elecciones en Andalucía 2022: guía con todo lo que hay que saber antes del 19 de junio

¿Cómo puedo saber dónde me toca ir a votar el 19-J?

Elecciones en Andalucía 2022, en directo

Integrantes de una mesa electoral en las pasadas elecciones en Andalucía Rocío Ruz

S.I.

Este 19 de junio los andaluces están llamados a las urnas. Si te ha tocado estar en una mesa electoral tras haberse realizado los pertinentes sorteos por parte de los ayuntamientos, debes saber cuáles son tus derechos por acudir a las mismas. En este sentido, se eligen a nueve personas en total -que ejercerán la presidencia y las vocalías, y las otras seis serán las suplentes, ya que cada puesto cuenta con dos reservas- entre las personas censadas en la sección que tengan menos de 70 años, aunque a partir de los 65 se puede renunciar en el plazo de siete días, y que sepan leer y escribir.

De este modo, un total de 30.561 personas estarán al frente de las 10.187 mesas electorales que se constituirán en los próximos comicios andaluces. Todos ellos y los suplentes de presidentes y vocales, ya elegidos, están obligados a acudir y cumplir con lo que recoge el reglamento, pero también tienen una serie de derechos. De acuerdo al Decreto 192/2018 de 23 de octubre , los miembros de cada mesa electoral percibirán una dieta de 65 euros , al igual que ocurriera en los pasados comicios de 2018.

Los cargos de miembros de mesa electoral son obligatorios y uno debe presentarse en el colegio electoral a las 08:00 horas el día de las elecciones incluso si es suplente (en cuyo caso se podrá marchar cuando se constituya la mesa con los miembros titulares). En el caso de que alguien no acuda al colegio electoral siendo presidente, vocal o suplente, incurriría en pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a veinticuatro meses.

Estas obligaciones vienen acompañadas de unos derechos para los miembros definitivos de la mesa, esto es, los titulares oficiales y/o aquellos suplentes que, en ausencia de alguno de los anteriores, hayan adquirido el cargo de titular. Estos derechos podrían resumirse en tres: dieta, jornada de trabajo y protección en el sistema de la Seguridad Social.

Las personas que no disfruten de descanso semanal el día de las elecciones, esto es, el domingo 19 de junio, y acrediten la condición de miembros de mesa electoral o interventores, tienen derecho a disfrutar de un permiso retribuido correspondiente a la jornada completa de dicho día . Además, también podrán acogerse a la reducción de cinco horas de la jornada laboral del día posterior a los comicios, igualmente, con derecho a retribución. Dichos permisos, de carácter no recuperable, serán retribuidos por la empresa una vez justificada la actuación como miembro de mesa o intervención.

Quienes formen parte de una de las más de 10.000 mesas electorales que se constituirán el próximo 19 de junio estarán, además, protegidos por el sistema de la Seguridad Social frente a las contingencias y situaciones que puedan derivarse de su participación en la jornada. Esto es, están protegidas de todos los riesgos que se deriven de su condición de miembro, titular o suplente, de una mesa electoral y tengan relación directa con el desempeño de sus funciones, incluido el accidente «in itinere», teniendo las lesiones que pudieran sufrir, la consideración de accidente de trabajo.

Las prestaciones a las que se tiene derecho son la asistencia, sanitaria, prestaciones complementarias, prestaciones económicas y servicios sociales.

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