Andalucía

Coronavirus Andalucía: La Junta aumenta en 5 millones las ayudas al alquiler para autónomos

Más de 7.000 autónomos se han acogido ya a estas ayudas, cuyo plazo de solicitud acaba el 30 de octubre

El sector de la restauración es uno de los más afectados por el coronavirus ABC

S. E.

El Consejo de Gobierno aprobó ayer el decreto ley que recoge una ampliación de la cuantía de ayudas destinadas a los autónomos afectados por el Covid para cubrir los gastos de arrendamiento que tienen que afrontar en sus negocios y para los dedicados al ocio nocturno y recreativos infantiles.

En concreto, la ayuda destinada a la línea 1, a la que pueden acceder los autónomos con carácter general, aumenta desde 900 euros a 1.200 euros, mientras que la línea 2, destinada a autónomos del sector del esparcimiento y establecimientos recreativos infantiles, se eleva de 1.200 euros a 4.000 euros. Para cubrir este incremento, el presupuesto previsto para ambas medidas se incrementa de 9 millones a 14, cinco más, distribuidos entre los dos millones que se suman a la línea de autónomos con carácter general y los 3 que se añaden al capítulo destinado al ocio nocturno e infantil.

Este aumento de la ayuda se aplicará igualmente a los autónomos que ya hubiesen presentado su solicitud, ya que el plazo se inició el pasado viernes 2 de octubre y concluirá el 30 de este mismo mes . Actualmente, más de 7.000 autónomos ya han solicitado la ayuda.

Estas líneas de subvenciones responden a la situación de vulnerabilidad sobrevenida que afrontan los trabajadores autónomos por las graves consecuencias económicas causadas por el Covid-19, y tiene como finalidad favorecer el sostenimiento de su actividad.

En el caso de los autónomos de los sectores del ocio y esparcimiento, incluido el infantil, se valora las pérdidas económicas que están sufriendo por el cierre continuado de sus negocios para incrementar la ayuda destinada al colectivo con carácter general.

Requisitos

Para solicitar la ayuda, los autónomos deben ser arrendatarios del local de negocio o establecimiento en el que desarrollan su actividad y se e xige que la fianza se haya depositado en la Agencia de Vivienda de Rehabilitación de Andalucía (AVRA).

En el caso de la línea 2, se mantienen los requisitos mencionados y se establece que su actividad debe estar incluida en los CNAE correspondientes a «establecimientos de bebidas» o «otras actividades recreativas y de entretenimiento».

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