El Banco de España avisa sobre cómo se puede cambiar la hipoteca de tipo variable a fijo

La subida del euríbor está haciendo que muchos se decidan por cambiar las condiciones de sus hipotecas

El euríbor sufre la mayor subida mensual de toda la historia

S. E.

En una situación económica en la que los índices de inflación siguen subiendo y el euribor no deja de aumentar, encareciendo así las mensualidades de las hipotecas, puede que muchos propietarios estén plantéandose el cambio de sus hipotecas de tipos variables a fijos. Existen dos posibilidades para llevar esta operación a cabo: por una novación, es decir, pactar con la entidad la modificación del tipo de interés, o por una subrogación, es decir, llevar el préstamo a otra entidad. Por último, siempre cabe la posibilidad de cancelar la hipoteca y hacer una nueva en otra entidad bancaria, aunque no es una opción aconsejable ya que conlleva más trámites y gastos.

Novación

Durante la vida de la hipoteca, se puede solicitar un cambio en las condiciones inicialmente pactadas a tu entidad, quien tras un análisis de la viabilidad económica y el mantenimiento de la garantía podrá acceder o no.

La figura de la novación permite que mediante escritura pública se modifiquen por acuerdo de las partes alguna de los siguientes supuestos:

-Ampliación o reducción de capital.

-Alteración del plazo.

-Modificación de las condiciones del tipo de interés inicialmente pactado o vigente (interés ordinario, de demora, cláusula de variabilidad del tipo de interés …).

-Modificación del método o sistema de amortización y cualesquiera otras condiciones financieras.

-Prestación o modificación de garantías personales.

Según anuncia el Banco de España, la entidad puede cobrar una comisión por novación siempre que figure en el contrato. Con carácter general, se calcula como un porcentaje del importe del préstamo pendiente de pago. Si finalmente se produce la modificación, la entidad debe entregarte los documentos de información precontractual obligatoria, incluidos FEIN (Ficha Europea de Información Normalizada) y FiAE, al menos diez días naturales antes de la firma de la novación, que deberá formalizarse ante notario.

Subrogación

La opción de la subrogación supone el traspaso de la hipoteca a otra entidad bancaria. Para ello, el banco nuevo deberá presentarte una oferta vinculante con las condiciones de la nueva hipoteca. La entidad antigua, en este caso, puede enervar, es decir, ejercer una suerte de derecho de tanteo y manifestar su intención, ante notario, de igualar o mejorar la oferta vinculante de la nueva entidad. En ese caso, no podría producirse el cambio y estarías obligado a mantener tu hipoteca en el mismo banco. Eso sí, beneficiándote de las nuevas condiciones.Los gastos asociados a la subrogación de una hipoteca suelen ser superiores a los de la novación.

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