Así tiene que hacer la declaración de la Renta un expatriado
Si durante 2016 fue residente y trabajó fuera de España en uno o varios países no tendrá que declarar la totalidad del sueldo percibido
Las empresas españolas son cada vez más internacionales por lo que no es de extrañar que trabajadores estas compañías hagan las maletas para trabajar por un tiempo indeterminado más allá de nuestras fronteras. Es más, los trabajadores consideran que se trata de una oportunidad más de desarrollo en su carrera profesional. Sin embargo, como recuerdan los expertos del Reaf, que agrupa a los asesores fiscales y que depende del Colegio de Economistas, p uede conllevar una serie de problemas por las ventajas fiscales que supone. Los asesores fiscales insisten que los trabajadores guarden toda la documentación de su estancia en el extranjero o que pidan copia a su empresa.
¿El motivo? Si durante 2016 fue residente y trabajó fuera de España en uno o varios países no tendrá que declarar la totalidad del sueldo percibido, ya que estas rentas del trabajo están exentas de tributación con un límite de 60.100 euros siempre y cuando en los que países donde ha desempeñado su labor profesional se aplique un impuesto de naturaleza idéntica o análoga a nuestro IRPF y no se trate de un país o territorio considerado paraíso fiscal.
Aunque existen una serie de consideraciones que ponen de manifiesto desde el REAF, y es que la empresa ha podido retenerle todo el sueldo sin tener en cuenta esta exención por lo que es posible que la Administración se ponga en contacto con el contribuyente para comprobar que esta situación es correcta y que cumple los requisitos de la exención.
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