Declaración Renta

¿Qué deducciones se aplican por las aportaciones a un plan de pensiones?

El contribuyente que realice contribuciones a su plan de pensiones podrá reducir su base imponible en dichas aportaciones

Los planes de pensiones son un vehículo de ahorro cada vez más habitual AFP

POR IVÁN SÁEZ FUERTES

Los planes de pensiones constituyen un vehículo de ahorro destinado a la jubilación. Sin embargo, entre las contingencias que permiten su cobro están además, con algunas especialidades, la incapacidad laboral, dependencia severa y muerte una vez transcurridos diez años desde su aportación.

El beneficio fiscal derivado de las aportaciones personales o del promotor, en caso de aportación de la empresa al plan de pensiones del empleado, es que se difiere la tributación de estas aportaciones –en años en los que el contribuyente está a un tipo marginal del IRPF más alto– al momento en que acaece la contingencia del cobro del plan de pensiones. En principio este se encontrará en un tipo marginal menor si dejó de percibir rendimientos regulares del trabajo, de actividades económicas o profesionales.

Así, el contribuyente que realice contribuciones a su plan de pensiones, con un límite anual máximo de 8.000 EUR, en su declaración del IRPF podrá reducir su base imponible en dichas aportaciones, ahorrándose su tipo del IRPF marginal (que será en términos generales de hasta el 45%, aunque dependerá de la comunidad autónoma de residencia) sobre dicha contribución. Si el promotor o empresa contribuye en su nombre a su plan de pensiones, el efecto será neutro para el contribuyente , en la medida en que tal contribución se considerará una retribución en especie pero también una reducción de su base imponible.

El límite anual de la reducción de la base imponible del IRPF será la menor de dos cantidades:

-8.000 EUR de contribuciones personales y del promotor.

-El 30% de la suma de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas percibidos en el ejercicio. El exceso se podrá trasladar a ejercicios posteriores.

El contribuyente podrá, adicionalmente, reducir de su base imponible, con un límite anual de 2.500 EUR, las aportaciones realizadas al plan de pensiones de su cónyuge, siempre que éste no obtenga rendimientos netos del trabajo ni de actividades económicas, o los obtenga en cuantía inferior a 8.000 EUR anuales.

*Iván Sáez Fuertes es senior manager del departamento People Advisory Services de EY

Comentarios
0
Comparte esta noticia por correo electrónico

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Reporta un error en esta noticia

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Muchas gracias por tu participación