¿Cómo se declaran los ingresos del trabajo que obtengo por colaboraciones puntuales?
Se trata por ejemplo de los rendimientos derivados de impartir cursos, conferencias, coloquios, seminarios y similares
Hay rendimientos procedentes de ciertos tipos de actividades que la Ley del IRPF considera expresamente como rentas del trabajo, siempre que no supongan la ordenación por cuenta propia de medios de producción y de recursos humanos o de uno de ambos, con la finalidad de intervenir en la producción o distribución de bienes o servicios, pues de lo contrario se calificarán como rendimientos de actividades económicas. Se trata por ejemplo de los rendimientos derivados de impartir cursos, conferencias, coloquios, seminarios y similares.
Así, estos rendimientos se adicionarán en la declaración del IRPF al resto de rendimientos del trabajo obtenidos durante el ejercicio.
*Iván Sáez Fuertes es senior manager del departamento People Advisory Services de EY
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