¿Tengo derecho a recibir cesta de Navidad si estoy en ERTE?
Las empresas podrán exigir la eliminación de este derecho si su situación económica es complicada, según Legalitas
Miles de trabajadores continúan en situación de ERTE debido al parón de actividad en muchos sectores y ahora, con la llegada de la Navidad, algunos se preguntan si su derecho a recibir la cesta de Navidad sigue vigente o por el contrario la empresa no tiene ninguna obligación a cumplirlo.
En primer lugar, hay que señalar los casos en los que las empresas están obligadas a cumplir con este derecho en situación normal. Así, la sentencia de la Sala Cuarta del T ribunal Supremo de 19 de noviembre de 2019, que reconocía el derecho a la cesta de Navidad de los trabajadores, señala que el derecho a la cesta de Navidad no se puede establecer con carácter general, aunque sí debe reconocerse cuando se pruebe que la recepción de esta es una «condición más beneficiosa» incorporada al contrato laboral.
Desde Legalitas desvelan que podemos definir condición más beneficiosa, basándonos en la jurisprudencia, «como aquel beneficio individual o colectivo, pactado u otorgado unilateralmente por la empresa con intención inequívoca de mejorar las condiciones laborales de sus trabajadores de manera estable y permanente». Cuando este beneficio se concede, no puede ser luego retirado unilateralmente por la empresa, y se habilita al trabajador a reclamarlo.
Una vez aclarado esto, desde la empresa de asistencia legal explican que «partiendo del supuesto de una empresa que estuviera obligada a dar una cesta de Navidad a sus empleados, conforme a los criterios anteriores, si acudimos al artículo 45.2 del Estatuto de los Trabajadores, únicamente se señala que la suspensión del contrato de trabajo “exonera de las obligaciones recíprocas de trabajar y remunerar el trabajo”. Es decir, se libera al trabajador de prestar el servicio y al empresario de abonar el salario, pero nada más», detallan.
Por tanto se entiende que a pesar de que los empleados se encuentren bajo expediente regulatorio temporal de empleo (ERTE) el trabajador sigue perteneciendo a la empresa, y por tanto, el resto de sus derechos y obligaciones. Por lo que podrá exigir la cesta de Navidad que le corresponde.
¿Y qué derechos tienen las empresas?
Desde Legalitas aseguran que los empresarios podrán exigir la supresión de este derecho alegando razones económicas , técnicas, organizativas, o de producción que puedan justificarlo.
«Para ello, la empresa tendría que acreditar la necesidad y la proporcionalidad de la medida y acudir al procedimiento de modificación sustancial de las condiciones de trabajo , regulado en el artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores», señalan.
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