El Supremo decide hoy sobre la legalidad del IRPH en las hipotecas
Según los cálculos de Asufin la banca se juega hasta 25.000 millones de euros
El Tribunal Supremo decide hoy la legalidad de las hipotecas vinculadas al IRPH. Una batalla judicial que lleva librándose desde hace años y en donde la banca se juega hasta 25.000 millones de euros, según los datos de Asufin. Ya el pasado 3 de marzo la justicia europea pasó la pelota a los tribunales españoles , cuando determinó que los juzgados españoles deben asegurar que ese indicador para calcular la cuota de la hipoteca se incluyó en el contrato de forma clara y comprensible, e insta a sustituirlo por otro índice legal (el Euribor, por ejemplo) si determinan que efectivamente el crédito se comercializó de forma abusiva.
Según los datos de Asufin, hay cerca de un millón de familias con este tipo de hipotecas y que han pagado una media de 165 euros más al mes desde 2004 con respecto al Euríbor.
En ese sentido, Caixabank sería el banco más expuesto , con una cartera referenciada al IRPH de 6.700 millones de euros. Le seguiría Santander, con 4.300 millones, y BBVA, que ha reconocido que suma 3.100 millones en hipotecas ligadas a este índice. La cuarta entidad más vulnerable sería Bankia, con una cartera de 1.600 millones en préstamos referenciados al IRPH. Sabadell, por su parte, indicó que, a cierre de junio, el saldo vivo de los préstamos hipotecarios indexados al IRPH era de 831 millones de euros. De este modo, los cinco grandes bancos que cotizan en el Ibex se juegan 16.500 millones .
A ello que habría que añadir la exposición de entidades con menor volumen de negocio . Kutxabank, por ejemplo, informó ayer de que tiene hipotecas indexadas al IRPH por un importe de 727 millones de euros, superior a los 209 millones de euros de Liberbank. Unicaja, por su parte, informó durante la presentación de los resultados semestrales de que el importe correspondiente a préstamos hipotecarios referenciados al IRPH era inferior a 200 millones de euros. Bankinter no comercializó ninguna hipoteca referenciada a este índice.
Desde que se pronunció la justicia europea, la mayoría de las sentencias en los juzgados se ha resuelto a favor del consumidor, que acaban sustituyendo el IRPH por el Euríbor, pero también ha habido pronunciamientos a favor de la banca. Por ejemplo, en junio la Audiencia Provincial de Baleares falló dos sentencias avalando el IRPH. Por tanto, la división entre los magistrados es latente.
Qué es el IRPH
El IRPH se implantó en 1994 a través de una orden ministerial y se calculaba como el tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años concedidos por los bancos y cajas de ahorros. En ese momento, el Gobierno argumentó su creación en la necesidad de una nueva referencia oficial calculada por el Banco de España bajo estrictas normas de transparencia y que tomaba como ejemplo modelos de tipos considerados como estables en Europa que protegían al cliente frente a las oscilaciones en los mercados financieros.
Este índice pasó a ser uno de los más utilizados durante los años 2007 y 2008, cuando el Euribor registraba una escalada que parecía imparable –en julio de 2008 alcanzó su máximo histórico al situarse en el 5,393%–. En ese escenario, la menor volatilidad del IRPH hizo que muchos clientes lo vieran como una opción más estable y segura.
Las discrepancias en relación con el uso del IRPH como índice principal en determinados préstamos se desencadenaron principalmente durante los años 2013-2016, en la medida en que durante ese periodo el Euribor empezó a aproximarse a valores cercanos a cero , hasta que en febrero de 2016 entró por primera vez en tasas negativas, espoleado por la política monetaria expansiva del Banco Central Europeo.
Mientras el Euribor estaba en caída libre, el IRPH se estabilizó en valores cercanos al 2% . Con ello, las familias que tenían su hipoteca referenciada a este último índice pagaban cuotas más altas que aquellas que la tenían vinculada al Euribor.
Claúsulas suelo
Por otra parte, el mismo Alto Tribunal tratará el asunto de los acuerdos transaccionales entre cliente y entidad financiera en cláusulas suelo, con renuncia a acciones legales y rebaja de tipos de interés. En este caso, examinará si estos acuerdos son correctos, aclarando así el fallo del pasado 9 de julio del TJUE.
En dicha sentencia, el Tribunal de Luxemburgo dictó entonces que las cláusulas suelo renegociadas de hipotecas pueden ser examinadas por un juez y declaradas abusivas, así como que es ilegal que los bancos obliguen a los clientes a renunciar a acciones legales tras la renovación del contrato.
Además, el TJUE declaró que la directiva europea no se opone a la renegocación de una cláusula que pueda ser declarada abusiva « siempre que la renuncia proceda de un consentimiento libre e informado por parte del consumidor». En segundo lugar, abrió la puerta a que la propia cláusula que modifica otra potencialmente abusiva de un contrato anterior puede también ser abusiva si no ha sido negociada individualmente.