La Justicia pone en jaque el modelo de negocio de Ryanair
El fallo que declara «abusiva» su política de equipaje le expone a multas millonarias
Ryanair vive su enésimo encontronazo con la Justicia. El miércoles se conoció que el Juzgado de lo Mercantil número 13 de Madrid ha condenado a la aerolínea a devolver el suplemento de 20 euros que cobró a una pasajera por transportar su maleta de mano. Más allá de la cuantía de la condena, el fallo representa un ataque directo a la política de equipaje de la empresa, indispensable para sostener el modelo de negocio de la «low cost».
Los ingresos comerciales de la aerolínea (ventas a bordo, tarifas de embarque o los propios recargos por equipaje) crecieron un 28%, hasta los 1.650 millones de euros, en el primer semestre de su ejercicio fiscal. En un contexto complejo para el sector aéreo, con el Brexit, la guerra comercial y el incremento del petróleo en el horizonte, Ryanair está manteniendo su crecimiento gracias a este tipo de servicios, que representan el 25% de su facturación.
El fallo conocido esta semana puede poner en juego estas mareantes cifras, porque si bien no crea jurisprudencia supone un precedente. «Nadie se mete en un procedimiento de este tipo por 20 euros, y Ryanair lo sabe. Pero el fallo abre la puerta a casos colectivos contra esta política de equipaje», explica la abogada de Reclamador.es Almudena Velázquez. Ayer, la asociación de consumidores Facua solicitó a las diecisiete autoridades de consumo autonómicas que impongan «multas millonarias» a la aerolínea «por la práctica ilícita de cobrar por llevar equipaje de mano». La Generalitat y el Gobierno balear respondieron ayer asegurando que abrirán un expediente a la compañía por esta práctica.
Desde Legálitas, la abogada Laura Sierra explica que la política de equipajes de Ryanair «no cumple la Ley de Navegación Aérea, por lo que si desde la Administración y los consumidores se ejerce cierta presión es posible que los tribunales tumben definitivamente esta práctica».
Camino de Bruselas
El caso, no obstante, trasciende a España. A principios de año, la Autoridad Italiana de la Competencia multó a la compañía aérea por su política de equipaje, que sí ha sido defendida por el Tribunal Regional de Lacio en este mismo país. En todo caso, es Bruselas la que debe determinar si una cláusula es abusiva y debe ser invalidada.
Desde el Ministerio de Fomento recuerdan que el año pasado varios países del Viejo Continente (entre ellos España) pidieron a la Comisión Europea abordar una iniciativa legislativa para limitar prácticas de este tipo en el sector aéreo. La respuesta de Bruselas aún no se ha producido, pero la legislación comunitaria ya realizó una aproximación a este asunto en 2014, cuando el Tribunal Superior de Justicia de la UE (TJUE) dictaminó que las aerolíneas no pueden imponer un coste extra por el equipaje de mano.
Ryanair esquivó el fallo utilizando un vacío legal. Uno parecido al que esgrimió el miércoles, tras conocer la sentencia, cuando aseguró que mantendrá su política de equipaje porque este caso se refiere a un caso concreto. Está por ver si esta técnica le sirve permanentemente.
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