SENTENCIA DEL SUPREMO

Los documentos que necesitas para reclamar el IRPF retenido en la prestación por maternidad

El trámite para las bajas disfrutadas a partir de 2014 se puede realizar en cualquier delegación de la Agencia Tributaria y también de forma online en el caso de los ejercicios 2016 y 2017

Gestha calcula que un millón de personas podrán reclamar las rentenciones en la prestación por maternidad EFE
Teresa Sánchez Vicente

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El Tribunal Supremo dictaminó el pasado viernes que las prestaciones por maternidad no tienen que pagar IRPF en contra del criterio de la Agencia Tributaria y del TEAC (Tribunal Económico-Administrativo Central. El Supremo entiende así que la exención de pagar impuestos incluye a la de maternidad «y no sólo las de nacimiento, parto múltiple, adopción e hijo a cargo» , y además su alcance abarca todas las prestaciones, sin distinción del órgano público del que se perciban.

Aunque el fallo no se ha traducido, de momento, en un cambio legislativo, la Agencia Tributaria ha indicado que «tomará en consideración» el criterio establecido por el Supremo en la resolución de reclamaciones. Anteriormente, la Agencia Tributaria, del mismo modo que el TEAC , se había pronunciado a favor de que estas prestaciones sí abonaran impuestos al igual que ocurre con una retribución normal.

Este giro en los acontecimientos propiciado por el fallo del alto tribunal conlleva que más de un millón de personas podrán reclamar el IRPF retenido durante sus bajas de maternidad. Los expertos fiscales consideran que la sentencia afecta a las mujeres que fueron madres a partir de 2014 , ya que la actividad prescribe a los cuatro años. Así, el primer ejercicio que prescribirá será el de 2014 el próximo 30 de junio de 2019, tal y como puntualiza Tomás Seco Rubio, vocal de la junta directiva de la AECE (Asociación Profesional de Expertos Contables y Tributarios de España).

Rectificación de la declaración de la Renta

Para solicitar la devolución de este dinero, las contribuyentes deben presentar una rectificación de sus declaraciones de la Renta de los años no prescritos en cualquier delegación de la Agencia Tributaria. De momento, no se ha habilitado ningún formulario que agilice el procedimiento, por lo que, será necesario presentar un escrito de rectificación y devolución de ingresos indebidos acompañado de las declaraciones de la Renta correspondientes a los ejercicios afectados y los certificados de retenciones de la Seguridad Social. [ Consulta aquí el modelo de escrito de rectificación elaborado por UGT ]. Si la contribuyente declaró la prestación en los años 2016 y/o 2017 cabe la posibilidad de realizar la rectificación a través de la página de la Agencia Tributaria con el programa Renta Web.

Desde UGT advierten de que si en el plazo de seis meses no existe respuesta ni resolución expresa de la Agencia Tributaria se deberá interponer la correspondiente reclamación ante el Tribunal Económico Administrativo . Si la resolución de este último fuera negativa, se debería recurrir entonces la vía judicial.

Gestha recomienda posponer la reclamación unas semanas y esperar a ver si la Agencia Tributaria habilita una herramienta o formulario que agilice el proceso

«En este procedimiento se eliminará de los rendimientos del trabajo la prestación percibida lo que disminuirá la base liquidable general y, en la mayoría de los casos, se obtendrá un importe a favor del contribuyente, excepto que el mismo hubiera obtenido en el momento de presentación de su IRPF la devolución de todas las retenciones practicadas», indica Seco Rubio.

En esta línea, los técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) recuerdan que la reducción de las bases declaradas podría abrir la puerta en determinados casos a ayudas públicas. Asimismo, Gestha recomienda posponer la reclamación unas semanas y esperar a ver si la Agencia Tributaria habilita una herramienta o formulario que agilice el proceso. En este caso, este organismo debería enviar una comunicación a las contribuyentes afectadas, vía SMS o por correo con los datos de acceso a su cálculo y dando la opción de que puedan confirmar la rectificación de su declaración y solicitar la devolución.

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