Cádiz CF
Enésimo revés judicial contra Vizcaíno
Archivada la querella que el presidente del Cádiz interpuso contra Pina por falsedad documental y administración desleal
Comenzaba la mañana de este viernes bien -judicialmente hablando- para el presidente del Cádiz Manuel Vizcaíno, que aprovechaba el sobreseimiento de una causa de Sinergy contra él para emitir un comunicado felicitándose por dicha medida que posteriormente fue contestado por Enrique Zarza , abogado de la mercantil con sede en Bristol pero representada por el italiano Massimo Nannini.
Pero la justicia rápidamente iba a volverse en su contra con otra causa que ha terminado archivada, en este caso, la querella que el sevillano interpuso a Quique Pina, Juan Carlos Cordero y Enrique Labrador en la que acusaba al entonces consejero delegado, director deportivo y abogado del Cádiz CF de falsedad documental y administración desleal.
El auto del Juzgado de Instrucción Número 1 ha acordado el sobreseimiento provisional de dicha querella al no apreciar delito alguno en la denuncia por falsedad documental en los contratos de los jugadores del filial Momo Mbaye y Cavin Diagne por supuestas falsificaciones de las firmas del presidente y del secretario del consejo de administración Martín José García Marichal en los tiempos en que el murciano era el responsable y gestor deportivo de la entidad que presidía y preside Manuel Vizcaíno.
En el auto, al que ha tenido acceso CANAL AMARILLO; la magistrada María del Carmen Fornell no observa delito después de consultar dos estudios periciales caligráficos , uno realizado por la Brigada provincial de Policía Científica de Cádiz y la otra presentada por la parte querellante y realizada por el laboratorio forense Tartessos. Sobre ambas investigaciones, el auto expone lo siguiente. «El primero de los informes periciales concluye que no es posible adjudicar ni descartar la autoría de las rúbricas al presidente o al secretario. El segundo las considera falsas y entiende que su autoría no es atribuible a los Sres. Vizcaíno y García Marichal. La contradicción entre el informe pericial realizado por la Policía a instancia del Juzgado y el aportado por la querellante ya impediría que prosperara la acusación a falta de otros elementos incriminatorios».
Por lo que se puede interpretar en el auto que la magistrada da por hecho que el presidente Manuel Vizcaíno estaba al tanto de los contratos que se iban a firmar y que sus firmas estampadas no forman parte más de un formulismo ante la ausencia física del querellante en el momento de la firma con los jugadores, que incluso testificaron a favor de lo que se comprende en el auto. Por tanto,, el auto considera que «debe considerarse que si bien el Sr. Vizcaíno no estaba presente físicamente en el momento de la firma de los contratos de los jugadores Mbaye y Diagne, tenía pleno conocimiento y contacto directo con el investigado, que por este le fue remitido un correo electrónico al presidente con el documento firmado del jugador y procedió a su firma mediante la aplicación Sign Easy. La testifical del Sr. Labrador encuentra apoyo en la declaración de Mbaye y como señala el Ministerio Fiscal y es lógico suponer, a falta de indicios de lo contrario, el mecanismo de firma de los contratos de Mbaye y Diagne probablemente fue similar».
Tampoco aprecia la magistrada el presunto delito de administración desleal que le ha querido imputar Vizcaíno a su socio por la renovación del contrato al alza de Juan Carlos Cordero como director deportivo y que motivó más adelante el despido del hoy responsable deportivo del Tenerife, el que también le ganó la partida judicial a Vizcaíno tras llegar a un acuerdo para indemnizarlo con dinero del Cádiz CF. En este caso, el auto señala que «independientemente de que el Consejo de Administración tuviera o no conocimiento de que se iban a modificar las condiciones de contratación del sr. Cordero y la llamativa cláusula de rescisión de 2.000.000 € que se contiene en la adenda posterior (14 noviembre de 2014) debe concluirse que las condiciones de la contratación entraban en las facultades del investigado , y que no supusieron una modificación de la naturaleza jurídica y efectos del contrato (así consta en el informe de 11 de junio de 2020 elaborado a petición del Cádiz CF) a lo que se une que pese a su cuantía, no parecen ser abusivas ya que no llamaron la atención ni del gerente del club ni tampoco de la LFP».
El auto, que puede ser recurrido por Vizcaíno, vuelve a dar un revés judicial a un presidente que no pudo terminar bien el día. Judicialmente hablando.
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