CASO HORAS EXTRAS

La exalcaldesa de Rota Eva Corrales, en libertad

Tras permanecer cuatro meses en la prisión ha obtenido el segundo grado penintenciario

Eva Corrales fue condenada a cuatro años y medio de prisión por el 'Caso Horas Extras'

Eva Corrales, en Cádiz Archivo

LA VOZ

La exalcaldesa de Rota por el PP, Eva Corrales , ha salido de la cárcel de Alcalá de Guadaíra, en Sevilla, tras acceder al tercer grado penitenciario . Corrales fue condenada a cuatro años y medio de prisión por el conocido como ' caso Horas Extras ' después de que el Gobierno denegara su petición de indulto . Tras tras cuatro meses de reclusión , ingresó en la cárcel el 21 de marzo, la exalcaldesa ha logrado acceder al tercer grado tras el informe favorable de la dirección del penal y la jueza de Vigilancia Penitenciaria que han decretado su puesta en libertad.

Desde este momento, Corrales solo tendrá que acudir para firmar una vez a la semana a la prisión de Alcalá de Guadaíra.

Corrales fue condenada en el 'caso Horas Extras' a cuatro años y seis meses de prisión y pago de una multa diaria de seis euros durante 15 meses. La condena incluía además ocho años y seis meses de inhabilitación especial para cargo público y multa de 2.700 euros por un delito continuado de prevaricación.

La sentencia castigaba la adjudicación irregular de contratos de suministro a un funcionario del Ayuntamiento de Rota y a su esposa entre 2004 y 2010 para la elaboración de trabajos de bordados para las bandas de sirenas, ninfas de Carnaval y damas de las fiestas patronales y otros elementos ornamentales como peones, dalmáticas y los trajes de los maceros. El Supremo considera acreditado que la relación de horas extraordinarias abonadas a este funcionario, Manuel García, en realidad encubría pagos por los trabajos efectuados en su taller de costura. El trabajador tenía un puesto en Gestión Tributaria y por su condición no podía ser adjudicatario de contratos municipales.

En concreto, entre enero de 2007 y agosto de 2010 se le adjudicaron suministros por importe de 42.363,306 euros que le fueron abonados en su nómina por un total de 4.398 horas extraordinarias, de ahí el nombre que se le dio al caso.

La base de la condena

La sentencia de instancia basó su condena en las facturas emitidas durante los años 2004, 2005 y 2006 por los conceptos antes expresados. En las facturas no se desglosaban los conceptos, figurando en ellas las firmas y sellos, tanto de la delegada de Fiestas María Eva como del técnico José María, ya que sin sus firmas no se podían abonar.

« A partir del año 2007 Manuel García que era quien de hecho confeccionaba en su taller de costura las prendas , solicitó que constase en su nómina la retribución por estos trabajos bajo la fórmula de horas extraordinarias». Ante la imposibilidad de convocar los concursos públicos correspondientes para la confección de tales prendas pues a ellos no se podía presentar Manuel García, pero queriendo que fuese él quien los confeccionara, se acordó por los ya citados y con el conocimiento y consentimiento de Francisco Arjona Laynez , encargado de la Delegación de Personal del Ayuntamiento, que efectuase el abono por tales trabajos bajo la fórmula de supuestas gratificaciones por trabajos extraordinarios, con el concepto de horas extraordinarias, lo que también fue consentido por el Interventor accidental del Ayuntamiento, Miguel Fuentes Rodríguez.

El Supremo considera acreditado que la relación de horas extraordinarias abonadas a Manuel García en realidad encubrían los pagos por tales trabajos efectuados en su taller de costura. En concreto entre Enero de 2007 a Agosto de 2010 se le adjudicaron a Manuel García Moreno suministros por importe de 42.363'306 € que le fueron abonados en su nómina por un total de 4.398 horas extraordinarias.

La sentencia rechaza la alegación de Eva Corrales de que creyó que actuaba correctamente y al margen de toda ilegalidad, ya que ello es incompatible con el reconocimiento de la «ficción» desarrollada: « no existe duda ni del encargo efectuado para la confección de las prendas , de su efectiva ejecución, y de su abono como si fueran horas extraordinarias efectuadas por Manuel García, y asimismo, que como él no podía aparecer como adjudicatario de tal encargo por su incompatibilidad dada la condición de funcionario, las facturas iban a nombre de su esposa encubriéndose de esta forma lo que debiera haber sido una contratación administrativa sujeta a la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas».

Destaca que se obvió «lo que debía haber sido un contrato de suministro publicitado y transparente -al que no podría haber concurrido Manuel García- por ser incompatible con elaboración de facturas falsas, encubriendo el pago bajo la fórmula de horas extras, en cuantía desmesurada y obviando la legalidad administrativa».

Las penas que se ratifican para los otros siete acusados son: 4 años y medio de cárcel, y 5 años y 3 meses de inhabilitación especial, respectivamente, para el exconcejal Ismael Puyana Román, el exresponsable técnico de la Delegación de Fiestas José María Caballero Márquez, y los funcionarios Manuela Serrano y Francisco Arjona; 2 años de cárcel y 5 años y 3 meses de inhabilitación para Manuel García Rodríguez (funcionario de tributos del Ayuntamiento y persona que confeccionaba la costura de forma irregular para la Delegación de Fiestas); 5 años y 3 meses de inhabilitación para la mujer de éste último, Josefa Moreno Rebollo; y 2 años y 7 meses de inhabilitación para el exinterventor Miguel Fuentes.

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