DESESCALADA

Andalucía podrá flexibilizar dos horas los tramos para paseos de menores y mayores y deporte

Así lo establecen tres disposiciones adicionales incluidas en la orden del Ministerio de Sanidad que publica este sábado el BOE

La Junta ha pedido cambiar las franjas de horarios para poder salir a paseos y hacer deporte. Antonio Vázquez

La Voz

Andalucía y el resto de comunidades autónomas podrán flexibilizar «hasta dos horas antes» de su inicio y «hasta dos horas después» de su conclusión los tramos actualmente establecidos para el paseo de menores de hasta 14 años de edad y para mayores de 70 años y para la práctica individual de actividad física «siempre y cuando no se incremente la duración total de dichas franjas».

Así lo establecen tres disposiciones adicionales incluidas en la orden del Ministerio de Sanidad que publica este sábado el Boletín Oficial del Estado (BOE) para regular las actividades permitidas en la fase 1 del plan para la «transición hacia una nueva normalidad». Por el momento, seis provincias andaluzas pasarán el lunes 11 de mayo a fase 1, Almería, Cádiz, Córdoba, Huelva, Jaén y Sevilla, mientras que Granada y Málaga seguirán en fase 0.

Actualmente el horario fijado para los paseos de menores de 14 años es de 12 a 18 horas, para mayores de 70 años de 10 a 12 horas y de 19 a 20 horas y para la práctica individual de actividad física de 6 a 10 horas y de 20 a 23 horas.

La propuesta de la Junta

La Junta de Andalucía planteaba en su propuesta para el desconfinamiento enviada el pasado miércoles al Ministerio de Sanidad ajustar los horarios para paseos de menores de 14 años y mayores de 70 años «basándose en las condiciones climáticas habituales y esperadas para el mes de mayo y junio».

Así, propuso establecer tramos de 06.00 a 10.00 y de 21.00 a 24.00 horas para hacer deporte los mayores de 14 y menores de 70 años; de 10.00 a 12.00 y de 18.00 a 19.00 horas para los paseos de mayores de 70 años y personas dependientes acompañadas; de 12.00 a 14.00 y de 19.00 a 21.00 para paseos de menores de 14 años acompañados; y de 14.00 a 18.00 horas para las actividades deportivas en medios acuáticos.

En concreto, la orden del Ministerio de Sanidad , consultada por Europa Press, establece que «las comunidades autónomas y ciudades autónomas podrán acordar en su ámbito territorial que la franja horaria» para paseos de menores de 14 años y de mayores de 70 años y la «práctica no profesional de deportes individuales que no requieran contacto con terceros» pueda comenzar «hasta dos horas antes» y terminar«"hasta dos horas después, siempre y cuando no se incremente la duración total de dicha franja».

La orden también recuerda que estas franjas horarias «no serán de aplicación a aquellos municipios y entes de ámbito territorial inferior al municipio que administren núcleos de población separados con una población igual o inferior a 5.000 habitantes, en los que la práctica de las actividades permitidas por esta orden se podrá llevar a cabo entre las 6.00 horas y las 23.00 horas».

«Ha habido muchas comunidades que nos han hecho llegar que la franja de paseos de menores de 14 años de 12.00 a 19.00 horas con las temperatura que empieza a hacer en esas comunidades no era la más adecuada y, por tanto, tienen una franja para adaptarla», especificó este viernes el ministro de Sanidad, Salvador Illa.

No obstante, recalcó que es «importante que siga habiendo franjas, es decir, que los menores de 14 años sigan paseando en una franja horaria, que las actividades deportivas se hagan en una franja horaria y que los mayores salgan en otra, para evitar que haya coincidencias de estos colectivos en actividades permitidas».

También recordó que el resto de actividades permitidas en fase 1, como ir a un establecimiento, ir a un velatorio, asistir a una terraza, o reunirse con hasta un máximo de diez personas no está sometida a limitaciones horarias.

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