Tribunales | Cádiz

«Tenían la ineludible obligación de actuar como lo hicieron»

El fiscal mantiene la petición de absolución para los policías acusados en el 'caso Santa María' mientras que la acusación incluye una alternativa para una pena más baja pero sube la indemnización a la familia

«No mentimos, decimos la verdad, lo que pasó», manifiesta uno de estos agentes en la última palabra antes de que el jurado reciba el objeto de veredicto este próximo lunes

Juan Antonio falleció en la escalinata de la Iglesia de Santa María

M. Almagro

Cuarta y última sesión del juicio que se ha celebrado en la Audiencia Provincial de Cádiz durante toda esta semana contra los cuatro policías nacionales acusados de haber causado la muerte de un hombre al que estaban reduciendo y deteniendo en 2015 en el barrio de Santa María . Una vez practicada toda la prueba, este próximo lunes el jurado recibirá de parte de la magistrada de la Sección Cuarta el objeto de veredicto y este tribunal popular tendrá que decidir si, en base a todo lo acontecido en la vista oral, estos agentes son culpables o inocentes.

Como gran novedad, este viernes el abogado de la acusación particular que representa a la familia del fallecido Juan Antonio Martínez, informaba que a pesar de mantener la petición de un delito de homicidio para los procesados, abre la alternativa de que la pena sea menor , es decir, que se pueda considerar homicidio imprudente, lo que podría castigarse con cuatro años de prisión en vez de quince. Sin embargo, aunque baja a este grado delictivo, sube su solicitud de la indemnización para la familia en 100.000 euros más, es decir, 850.000 euros en total, ya que se ha sumado a tal requerimiento al padre del fenecido.

En cuanto a la petición de la alternativa sobre el homicidio imprudente, el fiscal no se oponía aunque si consideraba tal petición de «sorpresiva» y «sin sentido» porque, explicaba, no se correspondía en absoluto con la petición inicial mantenida, por tanto no se ha llevado a sala ninguna práctica probatoria durante la vista sobre tal supuesta imprudencia y además la propia acusación particular ya se mostró contraria a ello durante la instrucción. llegando incluso a recurrirlo ante la Audiencia. En el mismo sentido se pronunciaba las defensas que no entendían cómo ahora se solicita dicha posible modificación cuando se ha intentado probar otras cuestiones como la negligencia y el exceso de fuerza o falta de proporción.

Tras este requerimiento, el jurado comenzaba a escuchar los informes de las partes . La acusación particular se extendió en su discurso alegando una y otra vez que la intervención en la que falleció su representado fue «excesiva» y que de forma «accidental» recibió golpes en la cabeza que le produjeron la muerte. «Juan Antonio podría tener sus facultades mentales alteradas pero tenía derecho a vivir, le golpearon de forma violenta», incidió. Además defendió que el fenecido no tenía antecedentes por conductas violentas y que tampoco su corpulencia pudo evitar que se le hubiera reducido de otra manera.

Por otro lado sembró la duda sobre si los agentes se pusieron de acuerdo tras los hechos para dar una misma versión y aseguró que le sorprendía que el policía que recibió los pinchazos en el tórax no tuviera marcas en su cuerpo, algo discutido posteriormente por las defensas que argumentaron que le protegió el chaleco antibalas y quedó así reflejado en dicha protección.

El fiscal: «No merecen ser condenados»

Por su parte el fiscal, que volvió a recordar que en este caso no ejerce la acusación, explicó el porqué de esa posición que no suele ser habitual. «El fiscal debe de tener un papel independiente y los acusados no merecen ser condenados. Mi función es intentar hallar la verdad». Según expuso, Juan Antonio tenía un trastorno bipolar y eso le pudo llevar a períodos de depresión (declarado por sus hijas) pero también a otros de inusitada agresividad porque no recibía medicación». «A consecuencia de este brote psicótico intentó agredir primero a un vecino y luego a los policías con un punzón que llevaba. Y todo eso se ha acreditado», se dirigía al jurado.

En cuanto por qué continuaron con la intervención intentando reducirlo, el representante del Ministerio Público fue tajante: «No lo podían dejar marchar, podía herir o matar a alguien. Son policías y tenían la ineludible obligación de controlarlo en ese mismo lugar y momento». En su informe, el fiscal también valoró el asunto de la causa de la muerte. En este sentido dijo que Juan Antonio perdió la vida por los golpes que recibió en la cabeza. Pero, matizó y explicó de forma muy clara al jurado los eximentes que él mantiene que les exculpa de una pena de homicidio. Por un lado, la legítima defensa («hubo riesgo vital para ellos»), y por otro, el cumplimiento del deber. «Un vecino les llamó porque le perseguía y ellos acudieron a hacer su trabajo y aunque no hubiera estado en riesgo sus vidas tenían la obligación de interceptarlo», reiteró. Además, consideró que «no hubo ninguna desproporción en el medio que usaron según las circunstancias», esto es, sus defensas policiales.

Por último recaló en un detalle en el que hasta ahora no se había profundizado. Y cuestionó a los miembros del jurado sobre la posibilidad de que si optaban por la culpabilidad, ¿hacia cuál de los cuatro agentes procesados lo harían?. «¿Quién de ellos dio supuestamente ese golpe mortal? No se conoce y ni siquiera se ha planteado ni probado».

Llegó por tanto el momento de las defensas quienes como durante todo el procedimiento han mantenido una «única y conjunta versión». Comenzó la letrada Esther Coto valorando el hecho de la duda y recordando que si ésta existe, lo establecido es dar un veredicto absolutorio. «Y esa duda la tiene hasta la propia acusación que no sabe ya ni de qué delito acusa», argumentó. «Fijénse, hoy se celebra el Día de los Ángeles Custodios, patrón de la Policía Nacional, y estos señores que nos cuidan están aquí por haberlo hecho». La abogada trazó los hechos y las pruebas sobre estos hechos. La llamada del testigo presencial, quien les alertó. «Hasta él temió por sus vecinos, su discurso, sus palabras son completamente creíbles». Y luego, sobre la escena en sí. «Intervinieron según el protocolo, intentaron calmarlo, hablar con él y recibieron como respuesta golpes homicidas y certeros sin mediar palabra. Y en ningún momento intentó irse».

En cuanto a la causa exacta de la muerte, la letrada insistió en el hecho de que la sangre se encontró en el borde de un escalón, escalón que como recordó, el forense no había tenido en cuenta en su informe de autopsia. Las defensas consideran que la caída sobre esta superficie fue lo que pudo acabar con la vida de Juan Antonio. «No tenía manchada de sangre la ropa, ni los zapatos, por lo que no pudo sangrar estando de pie y menos aún en la cabeza». «Ni siquiera la causa de la muerte está clara».

Por su parte la abogada María del Carmen Iglesias, que representa a otro de los agentes encartados, ahondó en esta circunstancia: «No está determinado el origen de la muerte, ni siquiera la arritmia está o no acreditada, o el delirio (no se le tomó la temperatura)». En definitiva, afirmó: «Esto es un juicio en el que le piden quince años de prisión a unos señores por hacer su trabajo». Y no solo eso. «Llevan con ello un calvario de seis años y medio que han tenido que soportar sin haber sido ni siquiera condenados».

En la misma línea se pronunciaron los otros abogados de la defensa. Joaquín Andrés Bernal y José Vicente Ruiz-Sotillo. Este último incidió, entre otras tesis, en las faltas de pruebas firmes y en la dudosa declaración de quien dijo verlo «tras una persiana echada». Además recordó la denuncia que puso la «mujer o exmujer» del fallecido un año antes en la que decía que temía que Juan Antonio en su estado cometiera algún hecho delictivo y las escasas visitas que le hicieron, además de los partes médicos por ingresos. «Todo esto se podía haber evitado y no se evitó», consideró. Al hilo de esto, el otro letrado coincidió con sus compañeros de bancada, «se juzga con pruebas y aquí lo que sostiene la acusación no se ha acreditado».

El Abogado del Estado, quien asume la parte de responsabilidad civil subsidiaria, expresó también que ésa era su función en esta causa pero que además pedía la absolución al mantener la misma postura que la Fiscalía, es decir, que los agentes no cometieron ningún homicidio.

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