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La representante de ANV, Arantza Urkaregi, junto al dirigente de la izquierda abertzale, Txelui Moreno, en un momento de la conferencia de prensa que ofrecieron hoy en San Sebastián. /EFE
SENTENCIA firme del tribunal supremo

La negativa de ANV a condenar los atentados de ETA y la colaboración con Batasuna motivan su ilegalización

El TS no encuentra que la estrategia de la formación sobre el TAV o su coincidencia con PCTV en la sede de Usúrbil sean relevantes

REDACCIÓN/AGENCIAS |
MADRIDActualizado:

La negativa a condenar los atentados de ETA por parte de los miembros electos de Acción Nacionalista Vasca (ANV) y la colaboración con miembros de la ilegalizada Batasuna durante y tras las elecciones locales de 2007 han sido las claves destacadas por la Sala del 61 del Tribunal Supremo para declarar la ilegalización de esta formación política, según la sentencia dada a conocer por el Alto Tribunal.

Según el Supremo, "es el comportamiento de ANV y Batasuna durante la campaña electoral realizada por ANV en las elecciones convocadas" (en marzo de 2007) y la propia reacción de ambas organizaciones tras conocer el resultado de los comicios "lo que acredita, sin ningún género de duda, que existía un acuerdo entre ANV y Batasuna para que aquel partido restase en las instituciones el apoyo a ETA que antes llevaba a cabo Batasuna", y que fue el principal motivo de su ilegalización en 2003.

El Supremo recuerda que antes de los comicios fueron anuladas 133 listas electorales de ANV en diversos municipios del de 245 que presentó la organización, y resta importancia a determinadas pruebas presentadas como claves por los demandantes -la Fiscalía y la Abogacía del Estado-, tales como la postura de partido contra el Tren de Alta Velocidad (TAV) en el País Vasco y la coincidencia física de las oficinas con PCTV en un edificio del polígono donostiarra de Usúrbil.

Pese a estas precisiones, la Sala del 61 encuentra pruebas suficientes para concluir que "ANV es un partido político que ha acabado colaborando reiterada y gravemente con Batasuna, complementando y apoyando políticamente, en consecuencia, a la organización terrorista ETA", por lo que incurre en causa de ilegalización prevista en la Ley de Partidos Políticos (LPP).

El papel de Batasuna en la campaña de ANV

En la resolución, el TS afirma que la "constante" presencia de miembros de Batasuna en la campaña de ANV no puede entenderse "como un respaldo normal de personas pertenecientes al mismo espacio ideológico", sino "como la voluntad de ANV de presentarse públicamente ante su electorado como partido en plena sintonía y colaboración con la ilegalizada Batasuna".

Además, ANV promovió una campaña para reivindicar como propios los votos nulos dirigidos a las listas anuladas por el Supremo en la que estuvieron presentes miembros destacados de Batasuna "que consideraron como propios los resultados electorales alcanzados por ANV en las localidades donde pudieron presentarse".

El Supremo recuerda, por otra parte, que no sólo Batasuna se felicitó por los resultados de ANV, sino que la propia ETA manifestó en su boletín interno (Zutabe) que "los resultados logrados por la izquierda abertzale en esas elecciones puede considerarse como un pequeño triunfo...". Tras las elecciones se produjo una "actuación coordinada" de ANV , Batasuna y Segi "con una campaña general en contra de la constitución de los ayuntamientos en los municipios en los que las candidaturas de ANV habían sido anuladas" en la que participaron "activamente" representantes de ambas formaciones.

Cese de actividades y liquidación de patrimonio

Sin embargo, el TS no concede el mismo valor en su sentencia a la actuación de ANV en contra del proyecto de Tren de Alta Velocidad (TAV) en el País Vasco: "La eventual coincidencia con ETA en una posición contraria a la instalación en el País Vasco de una estructura ferroviaria como la del TAV no es suficiente para deducir que también ANV respalda, apoya o justifica los repetidos ataques que ETA viene cometiendo contra bienes de las empresas adjudicatarias de la ejecución de esas obras".

Sí ha tenido en cuenta el Supremo la "parcial asistencia financiera" de ANV a Batasuna, puesta de manifiesto en muchos de los documentos intervenidos por las Fuerzas de Seguridad y aportados a la causa.

Por todo ello, el TS declara la ilegalidad de ANV y su disolución como partido político y ordena la cancelación de su inscripción en el Registro de Partidos Políticos, el cese "inmediato" de todas sus actividades y la apertura de un proceso de liquidación patrimonial.