La Junta Electoral Provincial ha admitido el recurso interpuesto por el PSOE-A de Jerez tras la denuncia formulada por el PP por el reparto de folletos informativos desarrollada por los socialistas durante la precampaña. De este modo, resalta el PSOE, la Junta «deja sin efecto la prohibición de repartir este tipo de propaganda electoral, así como la de llevar a cabo campañas de logros o de inauguración de servicios públicos, tal y como dictaminó la Junta Electoral de Zona de Jerez».
En la resolución, la Junta Electoral acuerda que de conformidad con el artículo 53 de la Ley Orgánica de Régimen Electoral, y con absoluto respeto al art. 20 de la Constitución que consagra el derecho a la libertad de expresión (..) «efectivamente se consideran actos permitidos la realización y distribución de folletos, cartas y panfletos en los que se den a conocer los candidatos o programa electoral, sobre todo, cuando una lectura somera del folleto no permite concluir que se pida el voto».