El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente ha resuelto una modificación de la declaración de impacto ambiental sobre el proyecto de central de ciclo combinado. Una petición que fue solicitada por el promotor, Iberdrola Generación, atendiendo a diversos motivos como los cambios normativos relativos al control de emisiones y de la calidad del aire que han tenido lugar desde las evaluaciones de impacto ambiental practicadas en los años 2000 y 2001.
Según viene recogido en el Boletín Oficial del Estado (BOE), la instalación está localizada en Arcos y consiste en una central de ciclo combinado que utilizará gas como combustible principal y gasoil como combustible auxiliar, con una potencia nominal de 1.600 MW eléctricos. En base a los cambios normativos y a los resultados del programa de vigilancia, el promotor solicitó modificaciones que afectan al control de emisiones, al control de los niveles de inmisión y al sistema meteorológico. Asimismo, fundamenta los cambios de las condiciones en que la central de ciclo combinado utiliza gas natural como combustible principal, pudiendo usar gasóleo únicamente en los dos grupos de 400 MW y con las limitaciones establecidas en las declaraciones de impacto ambiental, sin que desde la puesta en servicio de la instalación se haya usado gasóleo salvo en algunas pruebas para la comprobación del funcionamiento del sistema de combustión con ese combustible.
Mediciones
Tras la correspondiente tramitación y consultas, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural ha modificado las condiciones del control de emisiones, de manera que en las chimeneas de evacuación de gases se suprime la obligación de realizar mediciones en continuo de dióxido de azufre y de cenizas o partículas, siempre y cuando el combustible empleado para la generación eléctrica sea gas natural, efectuándose mediciones discretas para estos contaminantes, al menos, una vez cada seis meses. En caso de utilizar gasóleo como combustible, no será necesaria la medición en continuo de dióxido de azufre si se utiliza dicho combustible con un contenido de azufre conocido, en casos que no se disponga de equipos de desulfuración de gas.