El auto judicial que marca el futuro de los terrenos de Delphi pone punto y final a uno de los episodios laborales más tristes de la Bahía de Cádiz. El Juzgado de lo Mercantil ha autorizado finalmente el derribo de las antiguas naves de Delphi, en el polígono del Trocadero.
Esta decisión supone el epílogo de uno de los iconos industriales de la provincia, que inició su andadura en 1982, cuando la General Motors se instaló en Puerto Real con la excusa política de contrarrestar el varapalo de la reconversión naval de la época.
La titular del juzgado, la magistrada María del Castillo Mendaro, atiende de esta forma a la solicitud planteada el pasado año por los administradores concursales. El 21 de septiembre de 2011 comenzó el proceso para liquidar la antigua Delphi a través de un concurso de acreedores.
Más de una veintena de proveedores de la antigua firma de automoción, entre los que se encuentran las administraciones públicas y varias pymes, instaban al juzgado a poner orden para poder cobrar los más de once millones de euros que les adeudaba Delphi tras el cierre de la planta en junio de 2007.
El suelo industrial era el único aval o activo para resarcir la deuda, sin embargo, no ha sido posible su venta.
Deterioro de las instalaciones
Los terrenos han ido generando gastos tributarios y de mantenimiento que revierten en los propios acreedores. Esta situación insostenible es la que llevó a los administradores concursales a solicitar el derribo de la factoría y reducir con ello algunos gastos.
Esta iniciativa ha contado en todo momento con la oposición de los extrabajadores de Delphi y con la del propio Ayuntamiento de Puerto Real. Consideran que la demolición de la factoría resta interés a la inversión.
La magistrada resume en los ocho folios del auto la historia del proceso y expone criterios de peso por los que se autoriza la demolición. Así, aclara que en los tres años y cinco meses que lleva abierto el proceso de liquidación solo dos empresas se han interesado por los terrenos.
Se trata de BWI, una multinacional asiática que trató sin éxito de montar en 2012 otra fábrica de componentes de automoción, y Stolt Sea Farm, una compañía dedicada a la cría de especies marinas en piscifactorías.
La jueza de lo Mercantil alude también a los gastos tributarios y de mantenimiento que genera el complejo y reconoce una factura de 2,3 millones de euros en créditos contra los acreedores de los últimos cuatro años.
Solo el IBI de la planta genera un gasto de 255.000 euros anuales. En este sentido, la magistrada destaca que existe riesgo de que los acreedores no puedan hacer frente a estos gastos, lo que sería aun más grave para el procedimiento de liquidación y especialmente para las arcas públicas. Destaca que el tiempo transcurrido ha ido deteriorando las instalaciones.
Estos dos argumentos han pesado mucho a la hora de firmar su demolición y reducir con ello buena parte de los gastos. La jueza destaca que el derribo de la naves se presenta como la única alternativa para rebajar gastos, generar recursos adicionales y permitir nuevas estrategias de venta de los activos.
El auto judicial no afecta a la nave que se encuentra ocupada en estos momentos por Redelsur. Se trata del acuerdo alcanzado entre el empresario Antonio Moreno y los administradores concursales el pasado julio para montar en ella una centro de reciclaje de residuos industriales.
Este proyecto sigue su curso a la espera de que la Junta de Andalucía conceda a Redelsur los permisos ambientales preceptivos. LA VOZ adelantó el pasado martes que el expediente está en trámite y se espera que la primera fase del complejo de reciclaje abra sus puertas en primavera.
La jueza señala en su auto que la realidad se impone y destaca que el proceso de liquidación no puede eternizare en el tiempo. Así, señala que no se ha producido ninguna oferta para la adquisición del suelo y, por tanto, no se puede alargar 'sine die' el proceso concursal a la espera de que tal oferta se produzca.
Sostiene que se ha puesto de manifiesto que «nadie está interesado en comprar tales instalaciones, ni por parte del sector privado ni tampoco por el público». Se deduce entonces que se trata de «instalaciones obsoletas y anticuadas que no tienen encaje ni siquiera para industrias del sector automovilístico ante los avances tecnológicos producidos en los últimos años».
Además, la «excesiva extensión» de las instalaciones hace «antieconómica la inversión» -más de 250.000 m2-, y no sólo por el «excesivo valor de los mismos, sino por el elevado coste de mantenimiento que conlleva».
Por todo ello, dadas las «excepcionales circunstancias» que concurren, el juzgado decide autorizar la demolición de las instalaciones planteada por la administración concursal, al considerar que es «lo más beneficioso» para los acreedores, siendo este «el medio idóneo» para reducir el coste que genera el mantenimiento de dichas instalaciones.
Asimismo, la magistrada entiende que es el camino para facilitar la realización de los bienes de la concursada mediante la venta de suelo industrial «ante la posibilidad de parcelas más reducidas que podrían propiciar el interés, que hasta ahora no se ha suscitado, de industrias y empresas en su instalación en la zona».
El Juzgado de lo Mercantil marca también el procedimiento para llevar a cabo la demolición. En primer lugar abre la puerta a la presentación de un recurso de apelación contra el auto ante la Audiencia Provincial de Cádiz, algo que ya han confirmado los sindicatos, y, por otro, establece la figura del concurso público para que los acreedores decidan qué empresa se hará cargo del derribo. El juzgado da veinte días hábiles para presentar el recurso.