Sociedad
¿Cómo se puede pedir el Ingreso Mínimo Vital en Córdoba? Conoce todos los detalles de esta ayuda
Esta renta podría beneficiar en la capital a unas 3.700 personas en situación de vulnerabilidad
Ingreso Mínimo Vital: Cómo solicitarlo desde este lunes y dónde presentar las solicitudes
Erradicar la pobreza y favorecer la participación en el mercado laboral y la inclusión social de las personas en situación de vulnerabilidad: estos son los principales objetivos del Ingreso Mínimo Vital , la medida «estrella» del Gobierno que este viernes aprobó el Consejo de Ministros, y que garantiza ingresos mínimos a quienes carecen de ellos.
En toda España, esta prestación no contributiva de la Seguridad Social beneficiará a alrededor de 850.000 hogares, unos 2,3 millones de personas; en la capital cordobesa podrían ser en torno a 3.700.
¿A cuánto asciende el Ingreso Mínimo Vital?
El umbral de renta garantizada será de 462 euros al mes para una persona adulta que viva sola. Cuando se trate de una unidad de convivencia se incrementará en 139 euros al mes por cada persona, hasta un máximo de 1.015 euros mensuales. Además, las familias monoparentales recibirán un complemento de 100 euros al mes.
La prestación se calcula como la diferencia entre los ingresos mensuales de la persona o unidad de convivencia y la renta garantizada en cada caso.
¿Cuáles son los requisitos para acceder a la prestación?
Podrán solicitar la prestación todas las personas que tengan entre 23 y 65 años, o desde los 18 si el solicitante tiene menores a cargo, que lleven, al menos, un año de residencia legal en España. El acceso a la ayuda dependerá del nivel de ingresos y del patrimonio de la persona que lo solicite.
Además de los ingresos, se comprobará el patrimonio neto del solicitante, restando sus deudas, y sin tener en cuenta la vivienda habitual. El límite de patrimonio aumenta en función del número de personas de la unidad de convivencia. Es de 16.614 euros para una persona que viva sola y se irá incrementando por cada miembro adicional hasta un máximo de 43.196 euros.
¿Cómo se solicita?
La solicitud puede presentarse a través de la sede electrónica de la Seguridad Social o enviando la documentación por correo ordinario. Además, se permitirá el acceso a través de los ayuntamientos una vez se firmen los convenios previstos y en los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social cuando retomen la atención al público. Igualmente se pondrá en marcha un teléfono gratuito para dar información a los posibles beneficiarios, además de un simulador en la página web de la Seguridad Social, donde también se podrán consultar dudas a través de un asistente virtual.
¿Desde cuándo se puede pedir?
Se podrá solicitar desde el 15 de junio y todas las solicitudes que se cursen desde ese día hasta el 15 de septiembre se cobrarán con efecto retroactivo a 1 de junio.
El Ingreso Mínimo Vital es una prestación compatible con otras rentas de inserción de las comunidades autónomas.
¿Es posible pedir el ingreso mínimo si en 2020 el solicitante quedado sin ingresos a causa de la crisis del Covid-19?
Este ingreso también lo podrán solicitar aquellos contribuyentes que, aunque en 2019 no cumplieran con los requisitos, hayan sufrido en 2020 una caída de ingresos muy grande. Para ellos deberán hacer a través de una declaración responsable del IRPF a presentar este año. En este caso, la caída de los ingresos deberá ser mayor al 50% de la renta ingresada en 2019 y además tener un patrimonio pequeño.
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